Tipo de Norma: Ley
Número: 4766
documento PDF
04766Ley Nü 4-766
Subsidio a la Sociedad de Tibo Chiclayo No. 77.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso, ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente: Articulo único.—Consígnese en el Pre-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.