Ley Nº 4737

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 04737

Res. Leg. N° 4737.

Indulto al reo Leónidas G-inés

Señor:

El Congreso, en ejercicio de la atribución que le confiere el inciso 20 del artículo 83 de la Constitución, ha resuelto indultar al reo Leónidas Ginós, del tiempo que le falta para cumplir su condena.

Lo comunicamos a Udv para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.

Guillermo Rey, Presidente del Senado.

F. A. Mariateoui, Presidente de la Cámara de Diputados.

R. C. Espinosa, Senador Secretario.

Eduardo C. Basadre, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Lima, 30 de octubre de 1923.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese.

Rúbrica del Presidente de la Repúbli-ca.

Ego Aguirre.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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