Ley Nº 4732

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Tipo de Norma: Ley

Número: 4732


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 04732

Ley Nü 4732

Elevando a la categoría de villa el pt;e. blo de Mato de la Provincia de Huay-las.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Cangreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Elévase a la categoría .1« — :n ■> • » » - - *



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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