Tipo de Norma: Ley
Número: 4732
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04732Ley Nü 4732
Elevando a la categoría de villa el pt;e. blo de Mato de la Provincia de Huay-las.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICAPor cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Cangreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Elévase a la categoría .1« — :n ■> • » » - - *
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.