Ley Nº 4705

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Número: 4705


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 04705

Ley N9 4705

Autorizando al Poder Ejecutivo para VENDER UNOS LOTES DE TERRENOS ,. ■

en LA Avenida 28 DE Julio. que disponga lo necesario a su cumplí-

miento.

de

ornato y enbellecimiento de la Aveni-

EL PRESIDENTE DELA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso ha dado !a ley

siguiente:

K¡ Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:

Artículo lo.—Autorízase al Poder Ejecutivo para vender directamente y sin el requisito de la subasta pública, los lotes de terreno, de propiedad del Estado, excedentes de la prolongación de la Avenida 28 de Julio, ubicados al costado derecho y con frente a dicha Avenida, entre la esquina del jirón Washington y la Avenida de la Magdalena.

Artículo 2o.—Autorízasele igualmente, para ceder a título oneroso a los propietarios colindantes y en las condiciones que estime convenientes, los lotes de terreno con frente a la citada Avenida, que por sus pequeñas dimensiones no fuera posible vender a terceras personas.

Artículo 3o.— El producto de las ven-tas a que se refieren los artículos anterio-se aplicará, integramente, a las obras

da 28 de Julio.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para

Dada en la sala de sesiones del Con* greso, en Lima, a los veinte días del mes de setiembre de mil novecientos veintitrés

Guillermo Rey, Presidente del Sena*

do.

F. A. Mariátegui, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. M. del Prado, Senador Secretario.

%

M. A. Pallete, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule, y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la ca9a de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de octubre de mil novecientos veintitrés.

A. B. Leguía.

P. Max. Medina



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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