Tipo de Norma: Ley
Número: 4698
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04698Ley N.° 4698
Autorizando al Poder Ejecutivo, para
DETERMINAR LAS ATRIBUCIONES QUE CORRESPONDEN a la Dirección General de Guardia Clvtl y Policía y a los
CUERPOS DE SEGURIDAD.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICAPor cuauto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.