Tipo de Norma: Ley
Número: 4583
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04583Res. Leg. N9 4583
Premio pecuniario a la viuda del Teniente don Francisco Castillo.
Lima, 11 de diciembre de 1922. Señor:
£1 Con teniendo en cuenla los
prestados al país por el Teniente don Francisco Castillo, ha resuelto conceder a su viuda doña Petronila Lercari de Castillo, un premio pecuniario de cien libras, por una sola vez, que se consignará en el próximo Presupuesto General de la República.
Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.
G. Luna Iglesias, Presidente del Senado.
Jesús M. Salazar, Presidente de la Cámara de Diputados.
JR, C, Espinoza, Senador Secretario.
Manuel Jesús Urbina, Diputado Secretario.
Al señor Presidenta de la República.
Lima 13 de diciembre de 1922.
Cúmplase, comuniqúese, publíquese y irehívese.
Rúbrica del Presidente de la República.
Dios guarde a IJd.
Huainán de los Heros.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.