Tipo de Norma: Ley
Número: 4463
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Mandando rraotioah estudiosdefinitivos
y UKESUUUESTO DE UN FERROCARRIL DE (Ti 11 OLA VO Á LaMRAYIíQUE TERMINANDO EN UN PUNTO DE LA LÍNEA DE PAITA AL M ARAÑÓ N.
EL PREST LENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto': el Congreso ha fiado la ley siguiente:
El Congreso de ln Re público Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo lo.—El Poder Ejecutivo mandará practicar los estudios definitivos y el respectivo presupuesto, de un ferrocarril de vía angosta (3 pies) que partiendo de la* ciudad de Chiclayo, pasando por la de Lambayeque y recorriendo los populosos distritos de la provincia de este último nombre, termine en un punto de la línea, en proyecto, del ferrocarril de Paita al Marañón.
Artículo 2o. — Consígnese en el Presupuesto General de la República, la partida respectiva para el cumplimiento de esta ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, a los diez días del mes de enero de mil novecientos veintidós.
Cesar Cañe varo, Presidente de la (Támara de Senadores
Pedro José Rada y Gamio, Presidente de la Cámara de Diputados.
E. M. riel Prado, Senador Secretario.
Miguel A. Moran, Diputado Secretario.
Al señor Presidente de la República.
Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le de el debido cumplimiento.
Dado en la casa de Gobierno en Lima, a los trece días del mes de enero de mil novecientos veintidós.
A, B. Legu/a.
Lauro A. Curie!ti.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.