Ley Nº 4407

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Tipo de Norma: Ley

Número: 4407


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 04407

Ríes. Leo. 4407

Kkconooi miento de servicios, dke S aR* uiíNTO Mayor don José María Cahija-

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¡Ama, 22 de octubre de 1921.

Señor:

151 Congreso ha resuelto declarar de abono en la libreta del Sargento Mayor ile Artillería don José IVInria Caibajal, dos años, ocho meses, veintinueve días de

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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