Tipo de Norma: Ley
Número: 4341
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04341LEY N* 4341
Gonsijnando partida en el Presupuesto General, para la conservación de avenidas interurbanas de Lima á Balnearios.EL PRESIDENTE DE La REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Consígnese en el Pre-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.