Ley Nº 4332

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Número: 4332


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 04332

LEY N.° 4332

Gratificando con Lp. 5.0.00 mensuales al ingeniero encargado de la inspec* ción del ferrocarril de Pisco a lea.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

til Congreso de la República Rtruana Ha dado la ley siguiente:

Artículo único —Vótese una partirla de Lp. á.0.00 mensuales en el pliega de Fomento del Presupuesto General de la República, para gratificar los servicios de un ingeniero que se encargue, déla inspección del Ferrocarril de Pisco alea.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario a su cumplimiento.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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