Tipo de Norma: Ley
Número: 4331
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04331LEY N.° 4331
Aumentando el sueldo del administrador del ferrocarril de Tumbes a Puerto Pizarro.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso lia dado la ley siguiente i
El Congreso de la República Peruana
lia dado la ley siguiente:
Artículo único. — Auméntase en Lp. 10.0.00 niensuales,el sueldo del Adminis-
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.