Ley Nº 4291

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Tipo de Norma: Ley

Número: 4291


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 04291

LEY N° 4201

Consignando partida en el Presupuesto, pura abonar *1 haber de un mecánico, encargado de l<i reparación del material de Artillería.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de Ja República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.— Consígnese en el Pliego de Guerra del Presupuesto General



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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