Tipo de Norma: Ley
Número: 4271
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04271LEY N9 4271
Consignando partida en el Presupuesto
para útiles de escritorio del juzgado
del Crimen de Gajamarca.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso lia dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Considerando:
C¿ue es necesario votar una partida para útiles de escritorio del juzgado del crimen del cercado de Cajamnrca.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único—Consígnese permanentemente en el Presupuesto General de la República, una partida de dieciocho libras peruanas , (Lp. I8.0.00) al año, para útiles de escritorio de. ese juzgado.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, pa ra que disponga lo necesario a su cum plimiento.
Dada en la sala de sesiones del Con greso, en Lima, a los quince días del mes de noviembre de mil novecientos veinte
A. E. Bedoya, Presidente del Senado.
J. de D. Salazar O., Presidente de la Cámara de Diputados.
P. Max. Medina, Secretario del Senado.
Miguel A Moran, Diputado Secretario. Al señor Presidente de la República.
Por tanto: mando se imprima, publi que, circule y se le dé el debido cum plimiento.
Casa de Gobierno, Lima, veinticinco de abril de mil novecientos veintiuno.
A. B. Leguía.
A. Rodríguez Dulanto
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.