Ley Nº 4249

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Número: 4249


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 04249

Ley No. 4249

Consignando varías partidas en el pliego de Correos del Presupuesto General. Ha dado la ley siguiente:

EL PRESIDENTE DE LA.REPUBLICA

Artículo 1 o.—Consígnese en el pliego Por cuanto: el Congreso ha dado la ley de Gobierno del Presupuesto General de siguiente: la República, las siguientes partidas:

El Congreso de la República Perua na

RAMO DE CORREOS

Dirección General

Al mes

Al año

4 4.00 Lp.

52.8.00

3.8.00

45.6.00

4.6.00

55.2.00

4.6.00

55.2.00

4.6.00

55.2,00

4.6.00

55 2.00

3.3.00

39.6.00

3.6.00

43 2 00

11.5.50

138.6.00

1.6.00

19.2.00

3.8.00

45.6.00

1.6.00

19.2.00

20.0.00

240.0.00

Lp.

Para aumentar los siguientes haberes:

Para

Para

Para

Para

Para

Para

Para

Para

Para

Para

Para

Para

Para

un secretario general....................

un oficial l9 ..................................

un oficial 29 .................................

un intérprete............................

un oficial de reclamaciones............

un oficial de estadística................

un oficial de estadística auxiliar...

un auxiliar de secretaría...............

cinco amanuenses.........................

un amanuense supernumerario......

un oficial archivero y de partes....

un notario..................................

cuatro visitadores Lp. 50.00 c|u..

25.0.00 21.1.00 19 2,00

2.1.00

1.7.60

1.6.00

Para un conserje......................

Para un portero sirviente..........

Para un conductor portapliegos

Oficina Central de Rezagos

Para un jefe...........

Para un amanuense

55.0 00 27.7.20

Lp 4.6.00 Lp.

2.3.10

Contaduría General y de Control

Para un Fiscal contador..................... Lp. 5,7.75 Lp.

Para un oficial 1,°... ............................ 4.4.00

Para un Tenedor de Libros..... ............. 4.8.40

Para dos oficiales segundos.................. 9.2.O0

Para un oficial del material................. 3.7.50

Para un oficial examinador revisor...... 3,7.50

Para tres examinadores y liquidadores . 9.9,00

Para cuatro auxiliares.............. 13.2.00

Para un oficial de partes....................... 2.8.00

Para dos amanuenses......................... 4.6.00

Para un amanuense............................. 2.3 10

Para un cajero........ ........ ................. 4.8.40

Para un auxiliar de cajero............... ... 3.0.00

Para un tenedor de cuentas corrientes... 4.6 00

Para un expendedor de giros................ . 3.3.00

Para un pagador................................... 3.3.00

Para un portero sirviente...................... 1.3.20

Para un guarda almacén..................... 4.6.00

Para un auxiliar del guarda-almacén... 2.6.40

Para tres peones de confianza............. 5.2.80

Para dos sirvientes............... ...... 3 2.00

Para el haber de un primer auxiliar del

almacén............. 16.2,50

Distrito j/ostal de Lima

Para un administrador principal......... Lp, 6,0 00 Lp,

Para un oficial adscrito......................... 3,0.00

Para un oficial l9 interventor.............. 3,7,40

Para un oficial de partes .................. 2.8.00

Para un peón de confianza........•............ 1,6.00

Para un cartero................................... 2.4,50

Sección correspondencia

Para un oficial l9 Jefe.............. ............ Lp,

Para once auxiliares............................

Para cinco amanuenses.........................

Para dos distribuidores de correspondencia.......................... ...............

Para dos amanuenses, servicio de buzones...........................................

69.3.00 52.8 00

58.0. 80 110 4.00

45 0.00

45.0. 00 118 8.00 158.4.00

33.6.00

55.4.40 27.7,20

58.0. 80

36.0. 00

55.2.00

39.6.00

39.6.00

15.8.40

55.2.00 31.6 80 63,3,60

38.4.00

195,0,00

72.0. 00

36.0. 00 44,8.80

33.6.00 9.2.00

29.4.00

55 2,00

435.6.00

115.5.00

48.0. 00

55.0. 00

4.6,00 Lp, 36.3,00 9,6,25

4,0,00

4,6,20

pira un timbrador........... 1.2.00

par* ocho estafeteras. i 8 < /j.. 80

Sección Certificados

14.4.00 221.7.60

para un I<- Íe^e.......* Lp.

p3fa cuatro auxiliares. .........

p3ra un amanuense...........

para dos amanuenses........ .

par, seis carteros...........

Oficinas S11 cu rsales

pal-a siete jefes de las oficinas postales v telegráficas de San Lázaro Cámara de Senadores, Avenida Grau,

Naranjos, La Victoria, Desampara

4.6.00

13.2:00

2.3.TO

3-8-.SO 12.0.00

55.2.00 158.4.00

27.7.20

46.2.00 144.0.00

rlos v Bolsa Comercial....... Lp. 2r.o.oo

para siete ayudantes....... . . . 19.6.00

252.0.00

235.2.00

Sección de Encomiendas

para un oficial i9. jefe sección internacional ............. .. Lp. 4.6.00

para un oficial 29 vista......... 3.4.50.

para cuatro peones. . ......... 6.4.40

para cuatro peones........... S. o. 00

Para dos peones............ 2.4.00

Para dos ayudantes ......... 2.4.00

Para un oficial i9 sección República. • . 4.6.00

Para siete auxiliares.......... 23.1.00

Sección correspondencia Oficial

Para un oficial í°. jefe......... Lp. 2. 7.00

Para un auxiliar. . ......... . 3.3.00

\ f J /

Para dos porteros........... 3.2.00

55.2.00

41.4.00

76.8.00 96.0.00

28.8.00

28.8.00

55.2.00 277.2.00

44.4.00

39.6.00

38.4.00

Sección correspondencia Judicial

......... Lo. 3-7-00

Para un Jefe

44.4.OO

Sección Correspondencia Urbana y Ferrocarriles

para un jefe.............. Lp. 3.7,00 Lp.

Diversas Dependencias

Para un inspector de carteros...... Lp. 2.8.00 Lp.

Para im cartero oficial, un cartero de las Cámaras, un cartero conducto al Callao, 26 carteros y 2 carteros de

las sucursales...............63.0.17

ara un cartero particular a la Oroya. . . . .2.7.00

44•4•00

33.6.00

767.0.04 32.4.OO



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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