Tipo de Norma: Ley
Número: 4161
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04161Ley N°. 4161
Prorrogando por un duodécimo el Presupuesto General de 1919.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana-
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Prorrógase hasta el 31 del presente mes, o sea un duodécimo, y en los términos de la lev No.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.