Ley Nº 399

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Número: 399


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 00399

LEY No. 399

Subvención á las Revistas de Ciencias y Esperanto

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Compreso ha dado la 1er . . '

siguiente:

El Congreso de la República. Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Art. l.° Acuérdase una subvención

mensual de cinco libras á cada una de las dos Revistas de Ciencias y Esperanto que se editan en esta capital, mientras se haga su publicación.

Art. 2.° Los editores de las dos citadas Revistas, quedan obligados á publicarlas mensualmente v á entregar ein-cuenta ejemplares de cada una a la oficina respectiva del Xlinisterio de Fomento para ser distribuidos éntrelas diversas instituciones científicas de la república.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los 30 días del mes de noviembre de 1906. — M. C. Barrios, Presidente del Senado. —Jijan Pardo, Primer Y ice- Presidente de la H. Cámara de Diputados —José Manuel García, Senador Secretario.—A. F. Eeóny Diputado Secretario.

Al Excmo.Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule se le dé el debido cumplimiento. — Dado en la casa de Gobierne, en Lima, á los 3 días del mes de diciembre de 1906.—Josk Pardo.—Delfín Vid alón.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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