Ley Nº 382

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Tipo de Norma: Ley

Número: 382


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 00382

Bes. leg. No. 332

Armonium para Ay abaca

Lima, 28 de noviembre de 1906.

Excmo. Señor:

El Congreso ha resuelto exonerar del pago de derechos de aduana, hasta la cantidad de quince libras, el armonium y demás objetos pedidos para el servicio del culto de la iglesia parroquial de Av abaca.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento v demás fines.

Dios guarde á V. E. — M. C. Barrios, Presidente del Senado. — Juan Pardo, Primer Vice-Presidente de la H. Cámara de Diputados. —José Manuel García, Senador Secretario.—A. F. León, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Lima. 29 de noviembre de 1906.

Cúmplase, regístrese, y publíquese.— — Rúbrica de S. E.—Leguía.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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