Ley Nº 373

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Tipo de Norma: Ley

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 00373

Res. leg. N,° 373 Ascenso

del coronel Carbajal

Lima, 26 de noviembre de 1906.

Exorno. Señor:

El Congreso, en ejercicio de la atribución que le confiere el inciso 13 del artículo 59 de la Constitución, ha aprobado la propuesta del Poder Ejecutivo para ascender á la clase de coronel efectivo de infantería de ejército al graduado don Francisco Carbajal.

Lo comunicamos á Y. E. para su conocimiento v demás fines.

Dios guarde á Y. E. — M. C. Barrios, Presidente del Senado. — Juan Pardo, Primer Yice-Presidente de la H. Cámara de Diputados. —José Manuel García, Senador Secretario.—A. F. León, Diputado Secretario.

Al Exorno. Sr. Presidente de la República.

Lima, 27 de noviembre de 1906.

Cúmplase, comuniqúese y publíquese.— Rúbrica de S. E. — Muñiz.

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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