Tipo de Norma: Ley
Número: 355
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00355LEY N.° 355. Canino de lea á Ayacncho
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cuanto el Congreso ha dado la le}'
siguiente:
El Congreso de la República. Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Art. l.°—Votase en el p'resupuesto general de la República, para la rectificación y reconstrucción del camino de lea á Ayacuelio, dotándolo de los puentes y calzadas necesarios, la suma de dos mil quinientas libras en cada uno de los años de 1907 y 1908 Art. 2.°—El Poder Ejecutivo, tan luego como se promulgue la presente ley, nombrará una comisión de ingenieros del estado para que pratique los estudios respectivos, v procederá á la realización de la obra inmediatamente des-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.