Tipo de Norma: Ley
Número: 350
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00350L2Y No. 350. Comisaría de Kecuay
EL PRESIDENTE DE LA REITBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la lev siguiente:
El Congreso de l¿i República Peruana
Ha dado la lev siguiente:
Artículo l.° Establécese en el asiento mineral de Recuav una comisaría rural de policía, con el personal y dotación siguientes:
Para un comisario, al mes,
ocho libras; al año......£ 90.0.01)
,, seis gendarmes montados, á dos libras, cuatro soles mensuales cada uno al mes catorce
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.