Tipo de Norma: Ley
Número: 30411
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30411El Peruano / Martes 12 de enero de 2016 NORMAS LEGALES 575197
ORGANOS AUTONOMOS
JURADO NACIONAL DE ELECCIONESRes. N° 001-2016-JEE-LC1/JNE.- Admiten y disponen publicar solicitud de inscripción de fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentadas por el Partido Político “PERUANOS POR EL
KAMBIO” 575256
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 134-2016.- Declaran la disolución de la Derrama de Retirados del Sector Educación - DERESE 575282
GOBIERNOS LOCALES
MINISTERIOPUBLICORR. N°s. 037, 038, 039, 040, 041, 042, 043, 044, 045,
046,047,048,049,050,051,052,053y 054-2016-MP-
FN.- Nombran, aceptan renuncias, y dan por concluidos designaciones y nombramiento y designan fiscales en
diversos Distritos Fiscales 575257
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALESR.J. N° 000005-2016-J/0NPE.- Aprueban el “Procedimiento de los sorteos de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, Congresistas de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino 2016 y en la cédula de sufragio para la segunda elección presidencial 2016” 575263
R.J. N° 000006-2016-J/ONPE.- Delegan en el Gerente General la facultad de aprobar Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales, durante el Año Fiscal 2016 575265
R.J. N° 000008-2016-J/ONPE.- Aprueban diseños de cédulas de votación manual y electrónica para la Elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, Congresistas de la República y Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2016, y para la Segunda Elección para Presidente de la República y Vicepresidentes
575266
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINAR.A. N° 005-2016.- Conforman el Comité de Inversiones de la Municipalidad de La Molina 575288
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURAOrdenanzaN°032-2015-MPH.- Ordenanza que identifica y zonifica los sectores vulnerables en el sector de Atalaya y
sus alrededores de la ciudad de Huacho 575289
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLOR.A. N° 017-2016-MPT.- Designan miembros del Comité de Inversiones de la Municipalidad Provincial de Trujillo
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CONVENIOS INTERNACIONALES
Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa referente al
Instituto de Investigación para el Desarrollo (IRD) 575292 Entrada en vigencia del “Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa referente al Instituto de Investigación
para el Desarrollo” 575293
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY N9 30411EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA LA LEY 26859,LEY ORGÁNICA DE ELECCIONES, RESPECTO DE LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PADRÓN ELECTORALArtículo 1. Modificación de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones
Modifícanse los artículos 197 y 203 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, con el siguiente texto:
“Artículo 197.- El Padrón Electoral es público. Los partidos, agrupaciones independientes y alianzas pueden solicitar, en la forma que establezca el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, una copia del mismo.
Constituye excepción a la regla descrita en el párrafo anterior, los datos contenidos en el segundo párrafo del artículo 203 de la presente Ley”.
“Artículo 203.- En el padrón se consignan los nombres y apellidos, y el código único de identificación de los inscritos, la fotografía y firma digitalizadas de cada uno, los nombres del distrito, la provincia y el departamento y el número de mesa de sufragio. Asimismo, debe consignarse la declaración voluntaria de alguna discapacidad de los inscritos, sin perjuicio de su posterior verificación y sujeto a las sanciones previstas en la ley en caso de falsedad.
El padrón también contendrá los datos del domicilio, así como la información de la impresión dactilar. Esta última será entregada en formato JPEG a una resolución de 500 píxeles por pulgada (dpi), la misma que será tratada y comprendida en soportes que garanticen su confidencialidad”.
Artículo 2. VigenciaLa presente Ley entra en vigencia desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.