Tipo de Norma: Ley
Número: 30363
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30363NORMAS LEGALES Jueves 19 de noviembre de 2015 f El Peruano
PODER LEGISLATIVO PODER EJECUTIVORESOLUCION LEGISLATIVA
N! 30363
PRESIDENCIA DEL CONSEJO
DE MINISTROS
LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCION LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A SOSTENER UNA REUNIÓN CON EL JEFE DE GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ITALIANA Y CON EL DIRECTOR GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
PARA LA ALIMENTACIÓN Y LA AGRICULTURA (FAO) EL 20 DE NOVIEMBRE DE 2015
El Congreso de la República, mediante la Resolución Legislativa 30361, autorizó al señor Presidente de la República a salir del territorio nacional dél 14 al 22 de noviembre de 2015, con el objeto de realizar una visita de trabajo a la República de Filipinas y asistir a la XXIII Cumbre de Líderes del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), a realizarse en la ciudad de Manila, República de Filipinas.
El Congreso de conformidad con lo prescrito en los artículos 102, inciso 9), y 113, inciso 4), de la Constitución Política del Perú; en el artículo 76, inciso 1), literal j), del Reglamento del Congreso de la República; y en la Ley 28344, ha resuelto acceder a la petición formulada por la señora Primera Viceprosidenta déla República, encargada del Despacho Presidencial, y, en consecuencia, autorizar al señor Presidente de la República para sostener una reunión en la República Italiana, durante su escala técnica en Roma, Italia, con el señor Matteo Renzi, Presidente del Consejo de Ministros de Italia, y el señor José Graziar» da Silva, Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el día 20 de noviembre de 2D15.
La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día de su publicación.
Comuniqúese a la señora Primera Vicepresidenta de la República, encargada del Despacho Presidencial, para su promulgación.
En Lima, a los dieciocho días del mes de noviembre de dos mil quince.
LUIS IBERICO NUNEZ
Presidente del Congreso de la República
NATAUE CONDOR! JAHUIRA
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRIMERA VICEPRESIDENTA DE LA REPUBLICA, ENCARGADA DEL DESPACHO PRESIDENCIAL
Lima, 18 de noviembre de 2D15
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.
MARISOL ESPINOZA CRUZ Primera Vicepresidente de la República Encargada del Despacho Presidencial
PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros
1313869-1
Disponen Inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales de adhesión de la Municipalidad Provincial La Mar y la Municipalidad Distrital de Anchihuay a la Mancomunidad Municipal AMUVRAE
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE D ESCENTRAUZACIÓN N° 041-2015-PCM/SD
Lima, 11 de noviembre de 2015
VISTOS:
Los ofido N" 27-2015-AMUVRAE/P y N" 29-2015-AMUVRAE/P; los informes técnicos de viabilidad; la Ordenanza Municipal N° 006-2015-MD.ANCH.-LM/Ade la Municipalidad Distrital de Anchihuay y la Ordenanza Municipal N° 244-2015-MPLM-SM de la Municipalidad Provincial La Mar; las actas de sesiones de Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal AMUVFÍAE" de fechas 31 de enero y 22 de agosto de 2015; y el Informe N° 126-2015-PCM/SD-OGI-MIRA; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N“ 29341, en el artículo 2o, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de dos (2) o más municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, promoviendo e desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos:
Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 341-2011-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal AMUVRAE", en el Registro de Mancomunidades Municipales;
Que, por Resolución de Secreta ría de Descentraliza ción N° 035-2014-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Samugari a la “Mancomunidad Municipal AMUVRAE1, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Anco, Ayna, Chungui, Samugari, Santa Rosa y Tambo de la Provincia La Mar, Uochegua, Santi llana y Sivia de la Provincia de Huanta, en el Departamento de Ayacucho, Kimbiri y Pichari de la Provincia de La Convención, en el Departamento de Cusco, y Mazamari, Pangoa y Río Tambo de la Provincia de Satipo, en el Departamento de Junín;
Que, mediante el Oficio N" 27-2015-AMUVRAE/P el alcalde de la Municipalidad Distrital de Ayna y Presidente de la “Mancomunidad Municipal AMUVRAE" solicita la inscripción de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Anchihuay de la Provincia La Mar, en el Departamento de Ayacucho, a ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales;
Que, mediante el Oficio N" 29-2015-AMUVRAE/P el alcalde de la Municipalidad Distrital de Ayna y Presidente de la “Mancomunidad Municipal AMUVRAE" solicita la inscripción de la adhesión de la Municipalidad Provincial La Mar, en el Departamento de Ayacucho, a ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales;
Que, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal AMUVRAE", en su artículo Vigésimo Tercero, señala que la adhesión de una municipalidad requiere: a) Informe Técnico elaborado por la municipalidad solicitante, que exprese la viabilidad de la adhesión a la Mancomunidad Municipal y a su Estatuto, b) Acta de Sesión del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal, con el acuerdo de adhesión de la municipalidad solicitante, y c)
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.