Ley Nº 3034

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Tipo de Norma: Ley

Número: 3034


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 03034

LEY N 3034

Haber del Director General

de Justicia:

aumentándolo á Lp. 50 al mes

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Elévase á cincuenta libras peruanas de oro, mensuales, el haber del Director General de Justicia del Ministerio del Ramo.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disoonsra lo necesario á su cumoli-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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