Tipo de Norma: Ley
Número: 3034
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03034LEY N 3034
Haber del Director General
de Justicia:
aumentándolo á Lp. 50 al mes
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Elévase á cincuenta libras peruanas de oro, mensuales, el haber del Director General de Justicia del Ministerio del Ramo.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disoonsra lo necesario á su cumoli-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.