Ley Nº 30332

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 30332

554414

NORMAS LEGALES

El Peruano Sábado 6 de junio de 2015

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY U° 30332

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE ESTABLECE LA APLICACIÓN TEMPORAL EN MATERIA DE BENEFICIOS

PENITENCIARIOS DE LA LEY 30262, LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DE EJECUCIÓN PENAL, LA LEY CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO Y LA LEY CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y EL TRÁFICO

ILÍCITO DE MIGRANTES

Artículo Único. Aplicación de la Ley 30262

Las modificaciones efectuadas por la Ley 30262 sobre la concesión de beneficios penitenciarios, son de aplicación exclusiva a los condenados por los delitos que hayan cometido a partir de su vigencia.

Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintiún días del mes de mayo de dos mil quince

ANA MARÍA SOLÓRZANO FLORES

Presidenta del Congreso de la República

NORMAN LEWIS DEL ALCÁZAR

Segundo Vicepresidente del Congreso

déla República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de junio del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República

PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros

1247585-1

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Encargan el Despacho de la Presidencia de la República a la Prin Vicepresidenta

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 162-2015-PCM

Lima, 5 de junio de 2015

CONSIDERANDO:

Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Húmala Tasso, viajará del 08 al 13 de junio de 2015, con el objeto de asistir a la II Cumbre de la Comunidad de Estados de Latinoamérica y el Caribe - Unión Europea, CELAC-UE, que se realizará en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica;

Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho de la Presidencia de la República a la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, en tanto dure la ausencia del Presidente de la República;

De conformidad con el artículo 115° de la Constitución Política del Perú; y

Estando a lo acordado.

SE RESUELVE:

Artículo Io.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la República a la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, del 08 al 13 de junio de 2015 y en tanto dure la ausencia del Presidente de la República.

Artículo 2o.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente de la República

PEDRO CATERIANO BELLIDO

Presidente del Consejo de Ministros

1247586-3

Autorizan viaje de la Ministra de Relaciones Exteriores a Bélgica y encargan su Despacho a la Ministra de Cultura

RESOLUCIÓN SUPREMA N°163-2015-PCM

Lima, 5 de junio de 2015

CONSIDERANDO:

Que, la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos viajará a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 9 al 11 de junio de 2015, para participar en la II Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños y de la Unión Europea (CELAC-UE);

Que, la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC) es un mecanismo intergubemamental concertacion política, que a través de un equilibrio entre la unidad y la diversidad política, económica, social y cultural, contribuye a profundizar el diálogo entre todos los países de la región, y que resulta importante la profundización de la cooperación con la Unión Europea para coadyuvar al logro de los objetivos que se ha planteado la CELAC en materia de desarrollo social, la educación, el desarme nuclear, la agricultura familiar, la cultura, las finanzas, la energía y el medio ambiente;

Que, siendo importante garantizar una adecuada representación del Perú, resulta necesario que la Canciller de la República asista a la referida reunión para asegurar la representación del Estado peruano y el seguimiento diplomático y político de la posición del Perú en el marco del citado encuentro birregional;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) N ° 942, del Despacho Ministerial, de 02 de junio de 2015; y el Memorando (OPP) N 0 OPP0767/2015, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 3 de junio de 2015, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con el artículo 127 de la Constitución Política del Peni; la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.° 29357, Ley de Organización



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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