Tipo de Norma: Ley
Número: 30260
documento PDF
30260 536518NORMAS LEGALES
El Peruano
Sábado 1 de noviembre de 2014
MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
D.A. N° 009-2014-ALC/MLV.- Prorrogan plazo de acogimiento a beneficios tributarios establecidos en la
Ordenanza N° 199-2014/MDLV 536607
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Ordenanza N° 022-2014-ALC/CPB.- Establecen “Beneficio descuento por infracción vehicular al tránsito y
transporte” 536612
MUNICIPAi JDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Ordenanza N° 210-MDLCH.- Establecen beneficios extraordinarios de regulanzación de obligaciones tributarias sustanciales, formales, multas administrativas, formalización del servido de agua potable y procedimiento de regularización de edificaciones dentro del distrito
536607
MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Ordenanza N° 020-MDMM.- Modifican la Ordenanza N° 031-MDMM, que aprobó normas técnicas de carácter
edificatorio aplicable en el distrito 536610
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UBINA
Ordenanza N° 004-2014/MDU.- Declaran al Centro Poblado de Querapi y su área rural como zonas de muy alto riesgo no mitigables an el fenómeno volcánico
536613
Ordenanza N° 005-2014/MDU.- Declaran al Centro Poblado de Tonohaya y su área rural como zonas de riesgo muy alto no mitagables ante el fenómeno volcánico
y el deslizamiento de tierras 536614
SEPARATAS ESPECIALES
MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
D.A. N°020-2014-MSB-A.- Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza N° 516-MSB, que establead Beneficio de Regularización Tributaria a favor de contribuyentes del distrito 536610
MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
R.A. N° 255-2014/MDSMP.- Declaran de oficio la aprobación de habilitación urbana de inmueble ubicado
en el distrito 536611
R.A. N° 258-2014/MDSMP.- Rectifican R A N° 233-2014/MDSMP, que declaró de oficio la aprobación de la habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito
536612
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Res. N° 0623-2014/SDC-INDECOPI.- Se aprueba precedente de observancia obligatoria que interpreta los alcances del artículo 5 de la Ley 26876, Ley Antimonopolio y Antioligopolio del Sector Eléctrico 536477
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Circular. N° 036-2014-BCRP.- Disposiciones de Encaje en Moneda Nacional_536509;
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE IA REPUBLICA
LEY N° 30260EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE INCLUYE A DOCENTES, PROFESORESY ADULTOS MAYORES COMO BENEFICIARIOS DE LA LEY 29366, LEY QUE DISPONE EL ACCESO GRATUITO EL PRIMER DOMINGO DE CADA MESDE LOS ESTUDIANTES A LOS MONUMENTOS ARQUEOLÓGICOS, MUSEOS Y LUGARES HISTÓRICOS EN EL ÁMBITO NACIONALArtículo 1. Modificación del artículo 1 de la Ley 29366
Modifícase el artículo 1 de la Ley 29366, Ley que dispone el acceso gratuito el primer domingo de cada mes de los estudiantes a los monumentos arqueológicos museos y lugares históricos en el ámbito nacional, con el siguiente texto:
“Artículo 1.- Objeto de la Ley
Dispónese el acceso gratuito el primer domingo de cada mes de los estudiantes de los niveles de educación inicial, primaria y secundana, de educación básica especial, de educación superior universitaria y no universitaria a los monumentos arqueológicos, museos y lugares históricos abiertos al público, que sean administrados por el Estado en el ámbito nacional
Los docentes y profesores de educación básica regular y educación superior universitaria de todas las instituciones educativas del país, así como las personas adultas mayores y personas con discapacidad, están incluidas dentro de los alcances y beneficios señalados en el párrafo precedente".
Artículo 2. Identificación de beneficiarios adicionales
2.1 El Ministerio de Educación, mediante
resolución ministerial, emite las disposiciones correspondientes sobre la forma de identificación y acreditación de los docentes y profesores ae educación básica, para su acceso a los beneficios y alcances de la Ley 29366.
2.2 Los docentes y profesores de educación superior universitaria acreditan su condición mediante documento oficial emitido por la institución respectiva.
2 3 Las personas adultas mayores acreditan su condición con la presentación de su documento nacional de identidad (DNI).
Artículo 3. Día Internacional de los Museos
Dispónese el ingreso gratuito de ciudadanos peruanos o de cualquier otra naaonalidad a los museos, museos de sitio y salas de interpretación abiertos al público, que sean
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.