Tipo de Norma: Ley
Número: 30256
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30256536150
NORMAS LEGALES
Mién
El Peruano 29 de octubre de 2014
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
N°30256
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL LOS DÍAS 30 Y 31 DE OCTUBRE DE 2014
El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en los artículos 102, inciso 9), y 113, inciso 4), de la Constitución Política del Peni; en el artículo 76, inciso 1, literal j), del Reglamento del Congreso de la República; y en la Ley 28344, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República del Perú y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional los días 30 y 31 de octubre de 2014, con el objeto de participar en el Encuentro Presidencial y VIII Reunión del Gabinete Binacional Perú-Ecuador, que se llevará a cabo en el cantón Arenillas, provincia de El Oro, República del Ecuador
La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día de su publicación.
Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación
En Lima, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil catorce.
ANA MARIA SOLÓRZANO FLORES Presidenta del Congreso de la República
NORMAN LEWIS DEL ALCÁZAR Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Lima, 28 de octubre de 2014
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.
OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros
1156649-1RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
N°30257
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PARA SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL DEL 5 AL 16 DE NOVIEMBRE DE 2014
El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en los artículos 102, inciso 9), y 113, inciso 4), de la Constitución Política del Perú; en el artículo 76, inciso 1, literal j), del Reglamento del Congreso de la República; y en la Ley 28344, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República del Perú y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional del 5 al 16 de noviembre de 2014, con el objeto de realizar una visita oficial a la Federación de Rusia; participar en la XXII Cumbre de Líderes del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) que tendrá lugar en la ciudad de Beijíng donde sostendrá reuniones bilaterales con líderes de las principales economías miembros de APEC; realizar una visita de trabajo a la República Popular China; y efectuar una visita a la Ciudad del Vaticano, Santa Sede, a fin de sostener una audiencia con Su Santidad, el papa Francisco.
La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día de su publicación.
Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil catorce.
ANA MARÍA SOLÓRZANO FLORES Presidenta del Congreso de la República
NORMAN LEWIS DEL ALCÁZAR Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Lima, 28 de octubre de 2014
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.
OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros
1156649-2PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Encargar el Despacho de la Presidencia de la República a la Primera Vicepresidenta de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 363-2014-PCMLima, 28 de octubre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Húmala Tasso, viajará del 30 al 31 de octubre de 2014, con el objeto de asistir al Encuentro Presidencial y VIH Gabinete Binacional Perú - Ecuador, que se llevará a cabo en el Cantón Arenillas, Provincia de El Oro, República del Ecuador;
Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho de la Presidencia de la República a la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, en tanto dure la ausencia del Presidente de la República;
De conformidad con el artículo 115° de la Constitución Política del Perú; y
Estando a lo acordado.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.