Ley Nº 30217

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 30217

526810

W NORMAS LEGALES

0 Peruano Viernes 4 de julio de 2014

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

RESOLUCION LEGISLATIVA N230217

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL PROTOCOLO DE NAGOYA SOBRE ACCESO A LOS RECURSOS GENÉTICOS Y PARTICIPACIÓN JUSTA Y EQUITATIVA EN LOS BENEFICIOS QUE SE DERIVEN DE SU UTILIZACIÓN AL CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA

Artículo único. Objeto de la Resolución Legislativa

Apruébase el Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se Deriven de su Utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado el 29 de octubre de 2010 en Nagoya, Japón, y firmado por la República del Perú el 4 de mayo de 2011.

Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil catorce.

FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Congreso de la República

LUIS IBERICO NÚÑEZ

Segundo Vicepresidente del Congreso

de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 3 de julio de 2014

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese

OLLANTA HUMALATASSO Presidente Constitucional de la República

RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros

1106059-1

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Autorizan viaje de la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social a los EE.UU. y encargan su Despacho a la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 216-2014-PCM

Lima, 3 de julio de 2014

CONSIDERANDO:

Que, la Señora Ministra de Desarrollo e Inclusión Social de la República del Perú, participará en el Foro Político de Alto Ñivel sobre Desarrollo Sostenible, evento auspiciado por el Consejo Económico y Social (ECOSOC) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), los dias 08 y 09 de julio de 2014, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América;

Que, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional, para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial;

Que, la participación de la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social en dicho evento permitirá al Gobierno de Perú dar a conocer los esfuerzos que se realizan en materia de lucha contra la pobreza y reducción de desigualdades, vulnerabilidades y riesgos sociales, con respecto al logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) de cara a una Agenda de Desarrollo Post 2015, por lo que resulta de interés nacional autorizar el viaje de la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a fin de que participe en el indicado evento;

Que, los gastos de pasajes serán cubiertos por el organizador del evento, siendo que el Estado Peruano asumirá los costos respecto a los viáticos;

Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú, es necesario encargar el Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión Social en tanto dure la ausencia de su titular, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Ѱ 056-2013-PCM; así como en el Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Paola Bustamante Suárez, Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 07 al 10 de julio de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema.

Artículo 2.- Los gastos de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución suprema serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de acuerdo con el siguiente detalle:

Viáticos (US$ 440 x 2 dias) US$880.00

Artículo 3.- La presente resolución suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo 4.- Encamar el Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión Social a la señora Ana Ethel del Rosario Jara Velásquez, Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir del 07 de julio de 2014 y en tanto dure la ausencia de su titular.

Artículo 5.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

O LLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República

RENÉ CORNEJO DÍAZ

Presidente del Consejo de Ministros

PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ

Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

1106059-2

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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