Tipo de Norma: Ley
Número: 30044
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30044El Peruano
Sábado 8 de junio de 2013
NORMAS LEGALES
496783
RESOLUCION LEGISLATIVA N9 30043
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL PROTOCOLO DE 1997 QUE ENMIENDA EL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS BUQUES, 1973, MODIFICADO POR EL PROTOCOLO DE 1978
Artículo único. Objeto de la Resolución LegislativaApruébase el Protocolo de 1997 que Enmienda el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978, suscrito el 26 de setiembre de 1997, en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. PublicaciónPublícase, en el diario oficial El Peruano, el Protocolo de 1997 que Enmienda el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978.
Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.
En Lima, a los treinta días del mes de mayo de dos mil trece.
VÍCTOR ISLA ROJAS
Presidente del Congreso de la República
MARCO TULIO FALCONÍ PICARDO Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Lima, 7 de junio de 2013.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.
OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros
947967-3RESOLUCION LEGISLATIVA N9 30044
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL ESTATUTO DE LA AGENCIA INTERNACIONAL DE ENERGÍAS RENOVABLES (IRENA)
Artículo único. Objeto de la Resolución LegislativaApruébase el Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables (IRENA), hecho el 26 de enero de 2009, en la ciudad de Bonn, República Federal de Alemania.
Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.
En Lima, a los treinta días del mes de mayo de dos mil trece.
VÍCTOR ISLA ROJAS
Presidente del Congreso de la República
MARCO TULIO FALCONÍ PICARDO Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Lima, 07 de junio de 2013.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.
OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros
947967-4PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros
DECRETO SUPREMO N° 065-2013-PCMEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2009-PCM se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos
- TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, consignándose seis procedimientos;
Que, con Decreto Supremo N° 067-2009-PCM se modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos
- TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, incorporándose un nuevo procedimiento;
Que, después de la aprobación del TUPA de la PCM, mediante Decreto Supremo N° 062-2009-PCM se aprueba el nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y se establecen precisiones para su aplicación, correspondiendo que las entidades públicas actualicen sus TUPA conforme al formato aprobado;
Que, luego de la aprobación del TUPA de la PCM, mediante Decreto Supremo N° 064-2010-PCM se aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
Que, después de la aprobación del TUPA de la PCM, la Ley N° 29341, Ley que edifica la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, y dicta otras disposiciones, precisa que la inscripción de las Mancomunidades Municipales en el Registrode Mancomunidades Muñid pales se realiza, previa verificación de los requisitos presentados, mediante Resolución de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM-SD que aprueba el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, establece el contenido mínimo del Informe Técnico de Viabilidad para la Constitución de la Mancomunidad Municipal y
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.