Ley Nº 30044

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 30044

El Peruano

Sábado 8 de junio de 2013

NORMAS LEGALES

496783

RESOLUCION LEGISLATIVA N9 30043

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL PROTOCOLO DE 1997 QUE ENMIENDA EL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS BUQUES, 1973, MODIFICADO POR EL PROTOCOLO DE 1978

Artículo único. Objeto de la Resolución Legislativa

Apruébase el Protocolo de 1997 que Enmienda el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978, suscrito el 26 de setiembre de 1997, en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Publicación

Publícase, en el diario oficial El Peruano, el Protocolo de 1997 que Enmienda el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978.

Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los treinta días del mes de mayo de dos mil trece.

VÍCTOR ISLA ROJAS

Presidente del Congreso de la República

MARCO TULIO FALCONÍ PICARDO Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 7 de junio de 2013.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República

JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

947967-3

RESOLUCION LEGISLATIVA N9 30044

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL ESTATUTO DE LA AGENCIA INTERNACIONAL DE ENERGÍAS RENOVABLES (IRENA)

Artículo único. Objeto de la Resolución Legislativa

Apruébase el Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables (IRENA), hecho el 26 de enero de 2009, en la ciudad de Bonn, República Federal de Alemania.

Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los treinta días del mes de mayo de dos mil trece.

VÍCTOR ISLA ROJAS

Presidente del Congreso de la República

MARCO TULIO FALCONÍ PICARDO Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 07 de junio de 2013.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República

JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

947967-4

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros

DECRETO SUPREMO N° 065-2013-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2009-PCM se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos

- TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, consignándose seis procedimientos;

Que, con Decreto Supremo N° 067-2009-PCM se modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos

- TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, incorporándose un nuevo procedimiento;

Que, después de la aprobación del TUPA de la PCM, mediante Decreto Supremo N° 062-2009-PCM se aprueba el nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y se establecen precisiones para su aplicación, correspondiendo que las entidades públicas actualicen sus TUPA conforme al formato aprobado;

Que, luego de la aprobación del TUPA de la PCM, mediante Decreto Supremo N° 064-2010-PCM se aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, después de la aprobación del TUPA de la PCM, la Ley N° 29341, Ley que edifica la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, y dicta otras disposiciones, precisa que la inscripción de las Mancomunidades Municipales en el Registrode Mancomunidades Muñid pales se realiza, previa verificación de los requisitos presentados, mediante Resolución de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM-SD que aprueba el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, establece el contenido mínimo del Informe Técnico de Viabilidad para la Constitución de la Mancomunidad Municipal y



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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