Ley Nº 3000

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Tipo de Norma: Ley

Número: 3000


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 03000

LEY N.c 3000

Dada en la sala de sesiones delCongre' so, en Lima, á los treinta días del me de noviembre de mil novecientos diez }

Creando el distrito Santillana, en la provincia de Huanta

ocho.

Germán Schreiber, 1er. Vice-PteS1 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA dente del Senado.

Juan Pardo, Diputado Presidente.

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Andrés Vivanco, Pro-Secretario o

nado.

Por cuanto el Congreso ha dado la lev

n y

siguiente.

El Congreso de la República Peruana.

Luis A. Carrillo, Diputado Secretario

Ha dado la ley siguiente:

Artículo l.°—Créase en la provincia de Huanta un distrito que se denominará Santillana, en memoria del ilustre lujo de Huanta, compañero del inmortal Grau en la jornada deAngamos.

Artículo 2.c—Dicho distrito tendrá

por capital el pueblo de San José de Secce,

y su territorio estará constituido por los siguientes pueblos ó anexos: Aranhuay, Marccaraccay. Mosoccllaccta, Ayahuan-co 3" Maihuavilca.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, pa" ra que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Al Señor Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publi que y circule, y se le dé el debido cumplí

miento.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos diez y ocho.

José Pardo.

Germán Arenas.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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