Ley Nº 2997

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Número: 2997


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 02997

LEY N.° 2997

Modificando la ley N.0 227 en el sentido que se indica: proseguir la construcción del local para la Prefectura de Ancash

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos diez y ocho.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Antonio Miró Quesada, Senador Presidente.

Por cuanto el Congreso ha dado la ley

siguiente: Juan Pardo, Diputado Presidente.

El Congreso de la República Peruana. Miguel D. Gonzáles, Senador Secretario

Ha dado la ley siguiente:

Santiago D. Parodit Diputado Secretario.

José Pardo.

Artículo l.°—Modifícase la leyN.° 227 en el sentido de que con la suma de mil quinientas libras que en ella se vota para la compra de un inmueble que sirva de local para la Prefectura de Ancash, se prosiga la construcción del edificio que con este fin se lleva á cabo en la plaza principal de la ciudad de Huaráz.

Artículo 2.°—El Poder Ejecutivo dispondrá lo conveniente para la prosecución de la expresada obra, invirtiendo en ella la partida que, por concepto de la ley N.° 227, existe consignada en el pliego extraordinario de Gobierno del Presupuesto General de la República, en ejercicio.

Al Señor Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique y circule, y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los veinte días del mes de diciembre de mil novecientos diez y ocho.

Germán Arenas.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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