Tipo de Norma: Ley
Número: 29933
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29933478464
# NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 13 de noviembre de 2012
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
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Res. Adm. N° 914-2012-P-CSJL1/PJ.- Didan medidas de aplicación exclusiva a los expedientes ingresados y tramitados bajo la
vigencia de la Ley N° 26636 478497
ORGANOS AUTONOMOSCONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Res. N“ 112-2012-P-CNM.- Incorporan procedimientos sobre postulación a la plaza de Jefe de la ONPE y tacha contra postulante, al
TUPA del Consejo Nacional de la Magistratura 478498
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Res. N° 1039-2012-JNE.- Dedaran infundado recurso extraordinario contra la Res. N° 948-2012-JNE en el marco del Proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades
Municipales 2012 478499
Res. N° 1040-2012-JNE.- Revocan la Res N° 0005-2012-
JEE-ABANCAY/JNE en el marco del Proceso de Consulta Popular de
Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2012 478500 Res. N° 1048-2012-JNE.- Confirman la Res. N" 001-2012-JEEH/ JNE en el marco dd Proceso de Consulta Popular de Revocatoria del
Mandato de Autoridades Municipales 2012 478503
Res. N° 1049-2012-JNE.- Declaran improcedente apelación interpuesta contra la Res. N° 02-2012-JEEH/JNE en el marco del Proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de
Autoridades Municipales 2012 478504
Res. N° 1058-2012-JNE.- Confirman la Res. N° 0002-2012^JEE-HUANCAYO/JNE en el marco del Proceso de Consulta Popular de
Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2012 478504
Res. N° 8590-2012.- Autorizan viaje de funcionaría para participar en conferencia que se realizará en Argentina 478507
TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL
Res. N° 130-2012-P/TC.- Autorizan viaje de magistrado a Chile para participar en el XIX Encuentro de Presidentes y Magistrados de Tribunales y Salas Constitucionales de América
Latina 478507
GOBIERNOS REGIONALESGOBIERNO REGIONAL DE PUNO
Ordenanza N° 13-2012-GRP-CRP.- Declaran a la Quinua como producto andino de interés regional asi como producto ancestral, originario, ecológico y representativo de la Región Puno
478508
GOBIERNOS LOCALESREGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
R.J. N° 283-2012/JNAC/RENIEC.- Establecen gratuidad en tramitación y emisión del DNI para niños, niñas y adolescentes en situación de abandono albergados en los Centros de Atención Residencial y en situación de calle, trabajo, pandillaje, mendicidad, explotación sexual o económica 478506
V__Ordenanza N° 152-MDSL.- Aprueban Procedimiento de Canje de Obligaciones Tributanas y/o No Tributarias 478509
Ordenanza N° 153-MDSL.- Establecen régimen de beneficios para el pago de deudas tributarias y administrativas 478512
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY N° 29933
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 9 DEL DECRETO LEGISLATIVO 1049, DECRETO LEGISLATIVO DEL NOTARIADO, SOBRE PLAZAS NOTARIALES EN EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA
Articulo Unico. Modificación del articulo 9 del Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado
Modifícase el tercer párrafo del artículo 9 del Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado, en los términos siguientes:
“Artículo 9.- Convocatoria a Plazas Vacantes
(...)
Asimismo, a requerimiento del Consejo del Notariado, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario del mismo, los colegios de notarios, bajo responsabilidad de los miembros de la Junta Directiva, deberán convocar a concurso para cubrir plazas notariales vacantes o que sean creadas. Transcurrido dicho plazo, sin que se convoque a concurso, el Consejo del Notariado, bajo responsabilidad, queda facultado a convocarlo. Si no lo hiciere en el plazo de quince (15) días calendario, lo hace el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos."
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
TRANSITORIAS
PRIMERA. Reglamentación de la Ley
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, reglamenta la presente Ley en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario a partir de la vigencia de la presente Ley.
SEGUNDA. Concurso público nacional de méritos para el ingreso a la función notarial
Autorízase, de manera excepcional y por única vez, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para que en un
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.