Tipo de Norma: Ley
Número: 29916
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29916El Peruano
Lima, lunes 17 de setiembre de 2012
§ NORMAS LEGALES474609
PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCION LEGISLATIVA
N* 29916
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
QUE AUTORIZA EL INGRESO DE PERSONAL MILITAR Y DE UNA UNIDAD NAVAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR PARA EL EJERCICIO MARÍTIMO BINACIONAL DE CONTROL DE DERRAME DE HIDROCARBUROS
Artículo 1. Objeto de la Resolución Legislativa
Autorízase el ingreso de personal militar y de una unidad naval de la República del Ecuador para el Ejercicio Marítimo Binacional de Control de Derrame de Hidrocarburos, en el marco de lo establecido en el numeral 8) del artículo 102 de la Constitución Política del Perú y conforme a las especificaciones siguientes:
EJERCICIO/ENTRENAMIENTO MARÍTIMO
Objetivo
Entrenamiento marítimo binacional de control de derrame de hidrocarburos
Lugar
Bahía del Puerto de Zorritos
Fecha de inicio
18 de setiembre de 2012
Tiempo de permanencia
3 días
Institución involucrada
Marina de Guerra del Perú
País participante
República del Ecuador
Unidad participante
Patrullera Guardacostas Marítima - Isla Puna LG-36
Cantidad de personal
1. Teniente Primero Francisco Ayala Taco
2. Teniente Primero Marcelo Valencia Rivadeneira
3. Teniente Segundo Esteban Espinosa Carrera
4. Teniente Segundo Mauricio Viera Galarza
5. Técnico Tercero Bettman Chamba Ohoa
6. Oficial de Mar Primero Jhonny León Calderón
7. Oficial de Mar Primero Jorge Tadeo Minda
8. Oficial de Mar Primero Orlando Chávez Tararnbis
9. Oficial de Mar Primero Edín Alvarado Ortíz
10. Cabo Primero Jimmy Bailón Lucas
11. Cabo Primero Paúl Morán Pérez
12. Cabo Segundo Jimmy Fajardo Ronquillo
13. Cabo Segundo Jhon Intriago Moreira
14. Cabo Segundo Máximo Lara Cevallos
15. Cabo Segundo Jhonatan Pita Torres
16. Marinero Néstor Ramírez Jacome
17. Marinero Daniel Ronquillo Ronquillo
18. Marinero Jorge Reyes Carnpoverde
19. Marinero Nathan Rallos Narváez
20. Marinero Jhonny Troya Franco
Tipo y cantidad de armas
1 montaje cañón 40 rnrn en proa
2 ametralladoras 50 rnrn en ambas bandas
8 fusiles FAL
2 ametralladoras UZIS
4 pistolas 9 mm
Artículo 2°. Autorización para modificación de plazos
Autorízase al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Defensa y por resolución ministerial, Dueda modificar, cuando existan causas imprevistas, a fecha de inicio de ejecución del Ejercicio Marítimo Binacional de Control de Derrame de Hidrocarburos, a que hace referencia el artículo 1, siempre y cuando dicha modificación no exceda el tiempo de permanencia fijado.
El Ministro de Defensa procederá a dar cuenta de la modificación a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República en el plazo de cuarenta y ocho horas después de expedida la citada resolución ministerial.
Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.
En Lima, a los diecisiete días del mes de setiembre de dos mil doce.
VÍCTOR ISLA ROJAS
Presidente del Congreso de la República
JUAN CARLOS EGUREN NEUENSCHWANDER Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Lima, 17 de setiembre de 2012.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.
OL LANTA H U MALA TASSO Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros
842562-1
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