Ley Nº 29847

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 29847

# NORMAS LEGALES 463157

El Peruano

Lima, martes 27 de marzo de 2012

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY N° 29845

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE RECATEGORIZACIÚN DEL CENTRO POBLADO SEPAHUA A "VILLA" Y DEL CENTRO POBLADO ATALAYA A "CIUDAD"

EN LA PROVINCIA ATALAYA DEL DEPARTAMENTO UCAYALI

Articulo único. Acciones de normalización Recategorízanse el Centro Poblado Sepahua, capital del distrito del mismo nombre, a la categoría de “Villa" y el Centro Poblado Atalaya, capital de la provincia Atalaya, a la categoría de “Ciudad”, en el departamento Ucayali.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

ÚNICA. Deróganse las normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.

Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los quince días del mes de marzo de dos mil doce.

DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF Presidente del Congreso de la República

MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis dias del mes de marzo del año dos mil doce.

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República

ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros

769298-1

LEY N° 29846

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE CAMBIO DE NOMBRE DEL DISTRITO Y LA CAPITAL DEL DISTRITO PAMPAS POR PAMPAS GRANDE EN LA PROVINCIA HUARAZ DEL DEPARTAMENTO ANCASH Articulo único- Objeto

Cámbiase el nombre del distrito Pampas y la capital del distrito Pampas por Pampas Grande en la provincia Huaraz del departamento Ancash.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

ÚNICA. Deróganse las normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.

Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los quince días del mes de marzo de dos mil doce.

DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF Presidente del Congreso de la República

MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil doce.

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República

ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros

769298-2

LEY N° 29847

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE DEMARCACIÓN Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE LA PROVINCIA ASCOPE EN EL DEPARTAMENTO LA LIBERTAD

Artículo 1. Acciones de regularización

Delimltanse y redelimítanse la provincia Ascope y los distritos Ascope, Casa Grande, Chicama, Chocope, Magdalena de Cao, Paiján, Rázuri y Santiago de Cao, en el departamento La Libertad.

Articulo 2. Capital provincial y las capitales distritales

La capital de la provincia Ascope es Ascope, que a su vez es la capital del distrito Ascope; la capital del distrito Casa Grande es Casa Grande; la capital del distrito Chicama es Chicama; la capital del distrito Chocope es Chocope; la capital del distrito Magdalena de Cao es Magdalena de Cao; la capital del distrito Paiján es Paiján; la capital del distrito Rázuri es Puerto de Malabrigo y la capital del distrito Santiago de Cao es Santiago de Cao.

Artículo 3. Límites territoriales de la provincia Ascope y sus distritos

Los limites territoriales de la provincia Ascope y los distritos Ascope, Casa Grande, Chicama. Chocope, Magdalena de Cao, Paiján, Rázuri y Santiago de Cao, que la conforman, son los siguientes:

LÍMITES DE LA PROVINCIA ASCOPE

Sus limites son los siguientes:

POR EL NOROESTE, NORTE Y NORESTE.

Limita con la provincia Contumazá en el departamento Cajamarca y las provincias Pacasmayo y Gran Chimú.

El limite se inicia en un punto en el litoral frente a la Huaca Chacnan (punto de coordenada UTM 670 316 m E y 9 155 553 m N); en línea recta describe una dirección Noreste, hasta su intersección en el cauce de la quebrada Dos Rayas (punto de coordenada UTM 678 100 m E y 9 159 850 m N), continúa aguas arriba por el cauce de esta quebrada cruzando la carretera Panamericana, hasta un punto de coordenada UTM 681 300 mEy9 164 150mN, hasta su naciente, luego prosigue por la estribación Suroeste de un cerro sin nombre hasta su cumbre en un punto de coordenada UTM 684 332 m E y 9 162 377 m N para continuar en dirección Este por linea de cumbres, asciende por la estribación Noroeste del cerro Tres Puntas, continúa hasta la señal de cota 860 (punto de coordenada UTM 685 479 m E y 9 161 362 m N); luego describe una dirección Noreste, pasando por la cumbre de los cerros Colorado y Cuatro Picos, desciende por la estribación Noreste de este cerro hasta un punto de coordenada UTM 691 606 m E y 9 172 569 m N, continúa en línea recta en dirección Noreste hasta un punto de coordenada UTM 692 420 m E y 9 173 684 m N, de este punto el limite asciende por la estribación Suroeste de un cerro sin nombre, sigue hasta un punto de coordenada UTM 693 391 m E y 9 174 817 m N; continúa por la divisoria de aguas entre la quebrada Carrizo con la quebrada La Caña Brava, pasando por la cota 1022, cota 1891 hasta la cumbre de un cerro sin nombre (punto de coordenada UTM 700 073 m E y 9 182 872 m N), prosigue en dirección Sureste por la divisoria de aguas entre la quebrada Carrizo con la quebrada El Tallo, hasta la cota 1109, continúa en dirección Este en línea recta al cerro Yerba Santa (cota 1648), prosigue en linea recta en dirección Sureste hasta un punto en la cumbre de un cerro sin nombre de coordenada UTM 713 500 m E y 9 173 526 m N; de este punto el límite sigue en dirección Suroeste por línea de cumbres del cerro Maguar (punto de coordenada UTM 713 090 m E y 9172 320 m N), cota 2558, prosigue por la divisoria de aguas entre la quebrada Las Compuertas con la quebrada Carricillo hasta la cumbre del cerro Achucalar, cota 2178 (punto de coordenada UTM 713 425 m E y 9 168 188 m N); describe una dirección general Sureste por la divisoria de aguas entre los tributarios de la quebrada Cucuiicote, las quebradas Santa María y San Antonio; con las quebradas Las Marcachas, Blanca, Los Gatos, Encañada y Shimba; pasando por los cerros Tres Puntas, Pedregoso, Corona La Virgen; continúa por la cota 1025 y por la cumbre del cerro Orifico, desciende por la estribación Este de este último cerro hasta el álveo del rio Chicama en un punto de coordenada UTM 725 044 m E y 9 152 894 m N (al Sur de la desembocadura de la quebrada Shimba); continúa en dirección Noreste por el thalweg del rio Chicama aguas amba hasta la confluencia con la quebrada del Sol en un punto de coordenada UTM 741 899 m E y 9 162 247 mN.

POR EL ESTE Y SURESTE:

Limita con las provincias Gran Chimú y Trujillo.

El límite continua en la confluencia del rio Chicama con la quebrada del Sol en un punto de coordenada UTM 741 899 m E y 9 162 247 m N; describe una dirección Sur y Suroeste, aguas arriba por el cauce de la quebrada del Sol hasta su naciente en el cerro Salavin, de allí en dirección Suroeste asciende por la estribación Noreste hasta su cumbre, sigue por la cota 2225 en el cerro Salavin (punto de coordenada UTM 741 329 m E y 9 155 078 m N); continúa por la divisoria de aguas entre las quebradas Salavin y Cortamoño con la quebrada Saúco, pasando por la cota 1565, desciende por estribación Suroeste del cerro Salavin hasta llegar a la confluencia de la quebrada Saúco con el río Quimpano (punto de coordenada UTM 731 700 m E y 9 150 700 m N), de este punto el limite sigue en línea recta hasta otro punto de coordenada UTM 731 288 m E v 9 150 394 m N; de este último punto el límite asciende por la estribación Noreste de un cerro sin nombre hasta un punto de coordenada UTM 730 346 m E y 9 149 907 m N, sigue en dirección Sur, pasando por la cota 1225, la cumbre del cerro Grande, hasta un punto de coordenada UTM 730 020 m E y 9 146 250 m N; de este otro punto el limite prosigue en dirección Sureste por la divisoria de aguas entre las quebradas Minas Chiquitas y Mala Alma; con la quebrada Chala, pasando por la cota 1256, las cumbres de los cerros Alto de Las Niñas, Caña Brava y Prieto (cota 2425) hasta un punto de coordenada UTM 740 764 m E y 9 137 552 m N; de este punto el límite continúa en dirección Suroeste por la divisoria de aguas entre la quebrada Mala Alma con la quebrada Alizar, pasando por la cota 1816 y las cumbres de los cerros Milagro (cota 2256), Loma Redonda, Avendaño, Avendaño y Milagro (cota 2059), Buitres (señal de cota 2159), Encantada, hasta alcanzar la cumbre del cerro Prieto (cota 753) en un punto de coordenada UTM 716 044 m E y 9 116 478 m N.

POR EL SUR:

Limita con la provincia Trujillo.

El límite continúa en la cumbre del cerro Prieto (cota 753) en un punto de coordenada UTM 716 044 m E y 9 116 478 m N; se dirige en línea recta en dirección Oeste intersectando la carretera Panamericana en un punto de coordenada UTM 711 900 m E y 9 116 890 m N, el límite sigue en línea recta hasta la cumbre del cerro Campana (señal de cota 993); de este punto el límite prosigue en dirección Noroeste por la divisoria de aguas entre la quebrada La Cumbre con la quebrada Tres Palos, pasando por la cima de los cerros La Cumbre, El Portachuelo, hasta el cerro Piedra Parada, cota 545 (punto de coordenada UTM 703 934 m E y 9 121 458 m N), continúa en línea recta en dirección Suroeste hasta alcanzar un punto en el cauce de la quebrada Tres Palos (punto de coordenada UTM 701 980 m E y 9 119 250 m N), continúa por el cauce de esta quebrada hasta un punto de coordenada UTM 697 394 m E y 9 115 665 m N, en el mismo cauce, prosigue en línea recta hasta un punto en el litoral (punto de coordenada UTM 697 188 mEy 9 115 387 m N).

POR EL SUROESTE:

Limita con el Océano Pacífico.

El límite continúa en un punto en el litoral (punto de coordenada UTM 697 188mEy9115 387 m N); describe una dirección general Noroeste coincidente con el límite del litoral, pasa por Punta Malabrigo (punto de coordenada UTM 669 232 m E y 9 147 266 m N), continúa coincidente con el limite del litoral hasta otro punto en el litoral frente a la Huaca Chacnan (punto de coordenada UTM 670 316 m E y 9 155 553 m N), punto de inicio de la presente descripción.

LÍMITES DEL DISTRITO ASCOPE

Sus límites son los siguientes;

POR EL NOROESTE:

Limita con el distrito Casa Grande.

El limite se inida en el cauce de la acequia Limón en un punto de coordenada UTM 699 000 m E y 9 152 650 m N; describe una dirección general Noreste en línea recta hasta un punto de coordenada UTM 699 639 m E y 9 153 424 m N, de este punto sigue aguas arriba par el cauce

de las quebradas San José Alto, La Culebra y Cucuiicote hasta llegar a la cumbre del cerro Achucalar, en la cota 2178 (punto de coordenada UTM 713 425 m E y 9 168 188 mN).

POR EL NORESTE Y ESTE:

Limita con la provincia Contumazá en el departamento Cajamarca.

El límite continúa en la cumbre del cerro Achucalar, en la cota 2178 (punto de coordenada UTM 713 425 mEy 9 168 188 m N); describe una dirección general Sureste por la divisoria de aguas entre las quebradas Santa María, tributarios de la quebrada Cucuiicote y quebrada San Antonio; con tas quebradas Las Marcachas, Blanca, Los Gatos, Encañada y Shimba; pasando por los cerros Tres Puntas, Pedregoso, continúa por la cota 1025 y cumbre del cerro Orifico, desciende por la estribación Este del cerro Orifico, hasta el álveo del río Chicama en un punto de coordenada UTM 725 044 m E y 9 152 894 m N al Sur de la desembocadura de la quebrada Shimba.

POR EL SURESTE:

Limita con el distrito Chicama.

El límite continúa en el álveo del rio Chicama en un punto de coordenada UTM 725 044 m E y 9 152 894 m N, al Sur de la desembocadura de la quebrada Shimba; describe una dirección general Suroeste aguas abajo por el thalweg del rio Chicama hasta su álveo en un punto de coordenada UTM 707 188 m E y 9 142 820 m N.

POR EL SUROESTE:

Limita con el distrito Casa Grande.

El limite continúa en el álveo del río Chicama en un punto de coordenada UTM 707 188 m E y 9 142 820 m N; describe una dirección Noroeste en linea recta hasta intersectarse con una carretera (punto de coordenada UTM 706 550 m E y 9 143 550 m N), continúa en dirección Oeste por el eje de la carretera asfaltada, hasta otro punto de intersección con una carretera asfaltada (punto de coordenada UTM 704 300 m E y 9 143 450 m N), prosigue en dirección Noreste en línea recta hasta un punto de coordenada UTM 703 943 m E y 9 144 538 m N (cima del cerro Bolognesi), de ese punto el limite continúa en línea recta en dirección Norte hasta un punto de coordenada UTM 703 900 m E y 9 145 750 m N en la intersección de la acequia Limón con la acequia Espinal; continúa por el cauce de la acequia Limón, aguas arriba pasando por los puntos de coordenadas UTM 703 982 m E y 9 146 408 m N; 703 463 m E y 9 146 427 m N; 701 661 m E y 9 148 083 m N; y 700 259 m E y 9 150 959 m N, hasta

Limita con los distritos Ascope y Chicama.

El límite continúa en la cumbre del cerro Achucalar, en la cota 2178 (punto de coordenada UTM 713 425 m E y 9 168 188 m N); describe una dirección Sureste hasta la naciente de la quebrada Cuculicote, sigue en dirección Suroeste, aguas abajo por el cauce de esta quebrada, quebrada La Culebra y quebrada San José Alto, hasta un punto de coordenada UTM 699 639 m E y 9 153 424 m N en su cauce; de este punto el límite sigue en línea recta hasta un punto de coordenada UTM 699 000 m E y 9 152 650 m N en la acequia Limón, recorre esta acequia en dirección Sureste aguas abajo, pasando por

Rjntos de coordenadas UTM 700 259 m E y 9 150 959 m ; 701 661 m E y 9 148 083 m N; 703 463 m E y 9 146

un punto de coordenada UTM 699 000 m E y 9 152 650 m N en su cauce, punto de inicio de la presente descripción.

límites del distrito casa grande

Sus límites son los siguientes:

POR EL NOROESTE:

Limita con la provincia Pacasmayo.

El limite se inicia en la cumbre de la estribación Noreste del cerro Tres Puntas en un punto de coordenada UTM 686 146mEy9161 833 m N; describe una dirección general Noreste, pasando por la cumbre de los cerros Colorado, Cuatro Picos, desciende por la estribación Noreste de este cerro hasta un punto de coordenada UTM 691 606 m E y 9 172 569 m N, continúa en linea recta en dirección Noreste hasta un punto de coordenada UTM 692 420 m E y 9 173 684 m N, de este el límite asciende por la estribación Suroeste de un cerro sin nombre, sigue hasta un punto de coordenada UTM 693 391 mEy9 174 817mN; continúa por la divisoria de aguas entre la quebrada Carrizo con la quebrada La Caña Brava, pasando por la cota 1022, cota 1891 hasta la cumbre de un cerro sin nombre en un punto de coordenada UTM 700 073 m E y 9 182 872 m N.

POR EL NORESTE:

Limita con la provincia Contumazá en el departamento Cajamarca.

El limite continúa en la cumbre de un cerro sin nombre en un punto de coordenada UTM 700 073 m E y 9 182 872 m N; describe una dirección Sureste por la divisoria de aguas entre la quebrada Carrizo con la quebrada El Tallo hasta la cota 1109, continúa en dirección Este en línea recta al cerro Yerba Santa (cota 1648), prosigue en línea recta en dirección Sureste hasta un punto en la cumbre de un cerro sin nombre de coordenada UTM 713 500 m E y 9 173 526 m N, de este punto el límite sigue en dirección Suroeste por línea de cumbres del cerro Maguar (punto de coordenada UTM 713 090 m E y 9 172 320 m N), cota 2558, sigue por la

divisoria de aguas entre la quebrada Las Compuertas con la quebrada Carricillo hasta la cumbre del cerro Achucalar, en la cota 2178 (punto de coordenada UTM 713 425 m E y 9 168 188 mN).

POR EL SURESTE:

427 m N; y 703 982 m E y 9 146 408 m N; de este punto el límite continúa en línea recta hasta un punto de coordenada UTM 703 900 m E y 9 145 750 m N en la intersección de la acequia Limón con la acequia Espinal; de este último punto el límite continúa en dirección Sur en línea recta hasta un punto de coordenada UTM 703 943 m E y 9 144 538 m N (cima del cerro Bolognesi), de ese punto el límite sigue en línea recta en dirección Sureste hasta ¡ntersectarse con una carretera asfaltada (punto de coordenada UTM 704 300 m E 9 143 450 m N), continúa en dirección Este por el eje de a carretera asfaltada, hasta ¡ntersectarse con otra carretera asfaltada (punto de coordenada UTM 706 550 m E y 9 143 550 m N); prosigue en línea recta en dirección Sureste hasta un punto en el álveo del río Chicama (punto de coordenada UTM 707 188 m E y 9 142 820 m N), de este punto el límite se dirige aguas abajo por el thalweg del río Chicama, hasta su álveo en un punto de coordenada UTM 703 850 m E y 9 139 100 mN.

POR EL SUR Y SUROESTE:

Limita con los distritos Chocope, Paiján y Rázuri.

El límite continúa en el álveo del rio Chicama en un punto de coordenada UTM 703 850 m E y 9 139 100 m N; se dirige en línea recta en dirección Noroeste hasta el punto de inicio de una carretera (punto de coordenada UTM 702 750 m E y 9 140 000 m N), continúa en la misma dirección por el eje de esta carretera hasta su intersección con la carretera industrial (punto de coordenada UTM 701 127 m

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INFORMES E INSCRIPCIONES: Lie Reta Elvira Carrntco

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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