Tipo de Norma: Ley
Número: 29829
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29829El Peruano
Lima, sábado 7 de enero de 2012
# NORMAS LEGALES
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GOBIERNOS REGIONALESPROVINCIAS GOBIERNO REGIONAL DE LIMA MUNICIPALIDAD DE VENTANILLAAcuerdo N° 135-2011-CR/GRL.- Exoneran de procesos de selección la contratación y adquisición de bienes y servicios para atender el Estado de Emergencia declarado en el Cerro Pucruchacra, ubicado en el distrito de San Mateo de Huanchor, provincia de
Huarochirí 458839
Ordenanza N° 001-2012/MDV.- Modifican Reglamento de Organización y Fundones y Cuadro para Asignación de Personal de la
Municipalidad 458844
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMAR.A. N° 004.- Designan miembro y Presidente del Directorio de la Empresa Municipal de Mercados S.A - EMMSA 458841
R.A, N° 005.- Aceptan renuncia de Gerente Municipal Metropolitano
458841
R.A. N° 007.- Designan Gerente Municipal Metropolitano 458841 R.A. N° 008.- Aceptan renunda de Gerente de Asuntos Jurídicos
458841
R.A. N° 009.- Encargan funciones de Gerente de Asuntos Jurídicos
458842
R.A. N° 010.- Dejan sin efecto designación de miembro del Comité de Administración del Fondo Muña pal de Promoción de la Inversión Privada de
la Municipalidad Metropolitana de Lima - FOMPRI 458842
R.A. N° 011.- Designan miembro del Directorio del Instituto Metropolitano PROTRANSPORTE de Lima 458842
Ordenanza N° 050-2011/CM-MPH-M.- Ratifican la Ordenanza N° 021-2011-ALC-MDSM. que regula el Régimen Tributario de los Arbitrios por Limpieza Pública, Parques y Jardines y Segundad Ciudadana, para el
ejercicio fiscal 2012 de la Municipalidad Distrital de San Mateo 458845
CONVENIOS INTERNACIONALESEntrada en vigencia de la “Enmienda Cinco al “Convenio de Donaaón de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de Aménca para una Mejor Salud para Poblaciones en Alto
Riesgo' USAID N° 527-0412 458846
Entrada en vigencia de la “Enmienda Cinco al Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para Mayores Oportunidades Económicas para los
Pobres en el Perú’ USAID N° 527-0411 458846
Entrada en vigencia de la “Enmienda Doce al Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para Gestión Fortalecida del Medio Ambiente para
Atender Problemas Prioritarios" USAID N° 527-0407 458846
SEPARATA ESPECIAL
MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMACOrdenanza N° 099-2011-MDP/C.- Aprueban Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de
Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad 458843
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCORes. N° 1359-2011-RASS.- Aceptan renuncia y encargan la Procuraduría Pública Munidpal al Procurador Adjunto 458843
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURADE TRANSPORTE DE USO PUBLICORes. N° 069-2011-CD-OSITRAN.- Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de la Entidad Prestadora Concesionaria Terminal Internacional del Sur S.A- TISUR 458780
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nfl 29829
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:
El Congreso de la República;
Fia dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA LA PRIMERA DISPOSICIÓN FINAL DE LA LEY 27796, LEY QUE MODIFICA ARTÍCULOS DE LA LEY 27153, QUE REGULA LA EXPLOTACIÓN DE LOS JUEGOS DE CASINO Y MÁQUINAS TRAGAMONEDAS
Artículo 1°.- Modificación de la primera disposición final de la Ley 27796
Modifícase la primera disposición final de la Ley 27796, Ley que modifica artículos de la Ley 27153, que
regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, en los siguientes términos:
“Primera.- Sistema Unificado de Control en Tiempo Real (SUCTR)
La presente disposición final resulta aplicable a todas aquellas empresas que sean titulares de una autorización administrativa para la explotación de juegos de máquinas tragamonedas otorgada por la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas (DGJCMT), con presdndeneia del procedimiento administrativo seguido para la obtención de la misma.
En ese sentido, a los seis (6) meses contados a partir de la vigencia de la presente Ley, todas las empresas que explotan juegos de máquinas tragamonedas, si n excepción, deben instalar, implementar y poner en funcionamiento un Sistema Unificado de Control en Tiempo Real (SUCTR), interconectado con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) y la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), en cada una de las salas de juego de máquinas tragamonedas autorizadas por la DGJCMT, de conformidad con lo establecido en las normas correspondientes
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) tendrá a su cargo la obligación de implementar la infraestructura y equipos necesarios para recibir y procesar la información proveniente del Sistema Unificado de Control en Tiempo Real (SUCTR) instalado en cada una de las salas de juegos donde se explotan máquinas tragamonedas. Dicha implementación se realizará con cargo a los recursos a los que se refiere el literal d) del artículo 42 de la Ley 27153, Ley que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.