Tipo de Norma: Ley
Número: 29804
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29804452896
* NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 7 de noviembre de 2011
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
N° 29804
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL EL 8 DE NOVIEMBRE DE 2011
B Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en los artículos 102, inciso 9), y 113, inciso 4), de la Constitución Política del Perú; en el artículo 76, inciso j), del Reglamento del Congreso de la República; y en la Ley 28344, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional el 8 de noviembre del presente año, con el objeto de participar en la Reunión Extraordinaria del Consejo Presidencial Andino, que se llevará a cabo en la dudad de Bogotá, República de Colombia.
La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día de su publicación.
Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.
En Lima, a los siete días del mes de noviembre de dos mil once.
DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF
Presidente del Congreso de la República
MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REPÚBLICA
Lima, 7 de noviembre de 2011.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese,
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
SALOMÓN LERNER GHITIS
Presidente del Consejo de Ministros
713349-1
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Encargan el Despacho de la Presidencia de la República a la Primera Vicepresidenta de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 324-2011-PCM
Lima, 7 de noviembre de 2011
CONSIDERANDO:
Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Húmala Tasso, viajará el día 8 de noviembre del presente año, con el objeto de participaren la Reunión Extraordinaria del Consejo Presidencial Andino, que se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, capital de la República de Colombia con el objeto de analizar, conjuntamente con los demás Jefes de Estado participantes, el estado actual de la Comunidad Andina;
Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho de la Presidencia de la República a la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República y en tanto dure la ausencia del Presidente de la República;
De conformidad con el artículo 115° de la Constitución Política del Perú; y
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Io.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la República a la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, el día 8 de noviembre de 2011 y en tanto dure la ausencia del Presidente de la República.
Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuniqúese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
SALOMÓN LERNER GHITIS
Presidente del Consejo de Ministros
713349-2
Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a Colombia y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 325-2011-PCM
Lima, 7 de noviembre de 2011
CONSIDERANDO:
Que, mediante Notas DSG/R/E/257/2011 y DSG/R/ E/264/2011, el Secretario General a.i. de la Comunidad Andina informó que el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia, en su calidad de Secretaría Pro Témpore de la Comunidad Andina, transmitió la convocatoria del señor Presidente de la República de Colombia Juan Manuel Santos Calderón, para realizar una Reunión Extraordinaria del Consejo Presidencial Andino, el 08 de noviembre de 2011, en la ciudad de Bogotá, Colombia;
Que, mediante Nota DIA/GMCIR N° 67310, de fecha 31/10/2011, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia comunicó que el referido Consejo Presidencial tendrá como asunto central de la agenda el análisis del estado actual de la Comunidad Andina;
Teniendo en cuenta el Memorándum (OPP) N° 2215/ 2011 de 03 de noviembre de 2011, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje;
De conformidad con el artículo 127° de la Constitución Política del Perú, la Ley N°29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, en concordancia con el artículo 83° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante el Decreto
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.