Ley Nº 29775

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# NORMAS LEGALES

El Perú aro

Lima, miércoles 27 de julio de 2011

equivalentes, siempre que su valor no exceda de los dos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 2 000,00)."

Artículo 3. Envíos efectuados por Servicios Postales del Perú Sociedad Anónima (Serpost S. A.)

Los envíos efectuados a través de Servicios Postales del Perú Sociedad Anónima (Serpost S. A.) que reúnen las condiciones del literal b. del artículo 1 gozan de los mismos beneficios.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil once.

CÉSAR ZUMAETA FLORES Presidente del Congreso de la República

ALEJANDRO AGUI NAGA RECUENCO

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil once.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

670962-4

LEY N° 29775

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

La Comisión Permanente del

Congreso de la República

Ha dado la Ley siguiente:

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL

CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PRECISA LOS PROGRAMAS A CARGO DEL FONDO EDUCATIVO DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONALDEL CALLAO

Artículo 1. Fondo Educativo de la Provincia Constitucional del Callao (Fonded-Callao)

1.1 Corresponde al Fondo Educativo de la Provincia Constitucional del Callao (Fonded-Callao) ejecutar con los recursos del diez por ciento de la renta de aduanas asignados por el artículo 3 de la Ley 27613, Ley de la Participación en Renta de Aduanas, y el artículo 34, párrafo 34.2, de la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralización, modificada por la Ley 28543, los programas previstos en el citado artículo 3 de acuerdo con las precisiones de la presente Ley.

1.2 El Fonded-Callao integra la estructura orgánica del Gobierno Regional del Callao y opera como unidad ejecutora creada por el literal m) de la vigésima novena disposición complementaria final de la Ley 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011.

1.3 Es administrado por el Consejo de Administración del Fondo Educativo de la Provincia Constitucional del Callao (Cafed-Callao), integrado de la siguiente forma:

a. El Presidente del Gobierno Regional del Callao, o su representante, quien lo preside.

b. Un representante de la Universidad Nacional del Callao.

c. Un representante de la Dirección Regional de Educación del Callao.

d. Un representante de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza.

e. Un representante de las municipalidades distritales de la Provincia Constitucional del Callao.

1.4 El Cafed-Callao somete a consideración del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones correspondiente.

Artículo 2. Programas del Fondo Educativo de la Provincia Constitucional del Callao (Fonded-Callao)

2.1 Precísase que los programas y sus características a ejecutarse por el Fondo Educativo de la Provincia Constitucional del Callao (Fonded-Callao) son los siguientes:

a. Programa Regional Permanente de Capacitación Magisterial, que tiene por objeto elevar y mejorar la calidad académica y pedagógica de los profesores del sector público en la Provincia Constitucional del Callao, mediante la actualización, reentrenamiento, investigación, estudios de postgrado y actividades conexas a esos fines, orientados hacia el desarrollo integral de los estudiantes de las instituciones educativas públicas, lo que incluye aspectos de instrucción, salud, deporte, cultura, recreación y atención psicológica, entre otros, que se priorizan por el Consejo de Administración del Fondo Educativo de la Provincia Constitucional del Callao (Cafed-Callao).

b. Programa Integral de Formación Humana, Educativa, Intelectual, Ética y Valores Morales de los alumnos de las mismas instituciones educativas, que comprende su desarrollo integral de acuerdo a lo considerado en el literal a, ío que incluye la reducción de la desnutrición de los educandos y la mejora de los niveles de comprensión lectora y matemática conforme a las prioridades de gestión presupuestaria establecidas por la sexagésima séptima disposición complementaria y final de la Ley 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, y conforme al literal f).

c. Programa de Incentivos Económicos para los Profesores del Sector Público

que participen en el Programa Regional Permanente de Capacitación Magisterial por las horas destinadas a tales actividades, gastos de desplazamiento y material pedagógico, mediante una asignación excepcional por el tiempo de duración del programa, la que no tiene efectos legales pensionarios.

d. Programa de Apoyo a los Alumnos Destacados Egresados de la Educación Básica Regular para la continuación de sus estudios superiores en universidades, centros tecnológicos o de naturaleza equivalente.

e. Programa de Construcción de Infraestructura, que comprende la reconstrucción, reparación, equipamiento y modernización de escuelas públicas con énfasis en el desarrollo informático y sistema de internet, dotándolas de los elementos



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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