Ley Nº 29682

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 29682

Tipo de Norma: Ley

Número: 29682


Visualización de la norma: Ley 29682



Descargar Ley 29682 en PDF -

documento PDF

 29682

El Peruano

Lima, jueves 12 de mayo de 2011

$ NORMAS LEGALES

442315

-\

Res. N° 770-2011-MP-FN.- Nombran fiscales adjuntos

provisionales y los designan en la Primera Fiscalía Provincial Penal de Villa El Salvador y en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa

de Cañete 442375

Res. N° 771-2011-MP-FN.- Cesan por límite de edad a Fiscal Superior Titular Civil designado en la Quinta Fiscalía Superior Civil de

Lima 442375

RR. N°s. 772, 773, 774, 775, 776, 777, 778 y 779-2011-

MP-FN.- Nombran, designan, dan por concluidas designaciones y aceptan renuncia de fiscales en los Distritos Judiciales de Lambayeque,

Ancash, Lima y Piura 442375

UNIVERSIDADES

Res. N° 01540-CU-2011.- Otorgan duplicado de diploma de título profesional de médico cirujano de la Universidad Nacional del

Centro del Perú 442378

GOBIERNOSREGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI

Acuerdo N° 001-2010-GRU/CR.- Eligen Consejero Delegado para el periodo 2010 442378

MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA

Ordenanza N° 174-MDPP.- Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados 2012 de la

Municipalidad 442379

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

Res. N° 026-2011-MDSJL-GDU/SGHU.- Aprueban recepción de obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito

442379

MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS

D.A. N° 005-2011-MDSL.- Aprueban Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados correspondiente al año 2012 y Reformulación del Plan de Desarrollo

Concertado Distrital 442381

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES

Ordenanza N° 309-MDSMP.- Establecen Condecoraciones y Reconocimientos que otorgará la Municipalidad Distrital de San Martín

de Porres 442382

PROVINCIAS

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOBITOS

MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA

D.A. N° 009-2011-MDJM.- Aprueban el Tarifario de Servidos No Exclusivos de la Muriapaídad Distrital de Jesús María 442378

Acuerdo N° 026-042011-CDL.- Autorizan viaje de Alcalde y Regidores a Ecuador para asistir a la III Edición de Expo Municipal

442383

Acuerdo N° 027-042011-CDL.- Aprueban Proyecto denominado Reglamento para la Venta de Bienes Inmuebles mediante

Subasta Pública de la Municipalidad de Lobitos 442384

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY N° 29682

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente;

LEY QUE AUTORIZA EL NOMBRAMIENTO DE LOS MÉDICOS CIRUJANOS CONTRATADOS POR EL MINISTERIO DE SALUD, SUS ORGANISMOSPÚBLICOS Y DIRECCIONES REGIONALES DE SALUD DE LOS GOBIERNOS REGIONALES

Artículo 1. Objeto de la Ley

Autorízase el nombramiento de los médicos cirujanos a nivel nacional -en forma progresiva, por concurso de méritos y de acuerdo a la disponibilidad presupuesta!-, que se encuentran prestando servicios en la condición de contratados por el Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales, bajo cualquier modalidad, preferentemente en zonas de pobreza y de extrema pobreza, durante dos años continuos o cuatro años no consecutivos como mínimo.

Es requisito que el personal nombrado permanezca por un período no menor de cinco años en el mismo establecimiento y la plaza asignada.

Artículo 2. Reglamentación

El Poder Ejecutivo reglamenta la presente Ley en el plazo de noventa días calendario, contado a partir de su vigencia.

Artículo 3. Derogatoria

Deróganse o déjanse sin efecto, según corresponda, todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

POR TANTO:

Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, aceptándose las observaciones formuladas por el señor Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los once días del mes de mayo de dos mil once.

CÉSAR ZUMAETA FLORES

Presidente del Congreso de la República

EDUARDO ESPINOZA RAMOS

Tercer Vicepresidente del Congreso de la República

639212-1



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos