Ley Nº 29680

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 29680

El Peruano

Lima, viernes 6 de mayo de 2011

¥ NORMAS LEGALES

442055

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

Res. N° 4889-2011.- Autorizan al Banco de Crédito del Perú S.A. la apertura de oficina especial temporal para el evento “Casashow”, a realizarse en el distrito de Santiago

de Surco, provincia de Lima 442092

Res. N° 4890-2011.- Autorizan al Banco de Crédito del Perú S.A. el cierre temporal de agencias ubicadas en los

departamentos de Lima y Junín 442092

Res. N° 4896-2011.- Autorizan a la Financiera Efectiva S.A. la apertura de la Oficina Especial Huaycán, ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima

442093

GOBIERNOS LOCALES

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA

Acuerdo N° 030-2011-CDB.- Autorizan viaje de regidor para asistir a seminario sobre policía y comunidad que se

llevará a cabo en Israel 442098

Acuerdo N° 033-2011-CDB.- Autorizan viaje de regidores para asistir y representar a la corporación edil en misión técnica de capacitación que se realizará en Brasil

442098

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SANCHEZ CARRION

Ordenanza N° 173-MPSC.- Reconocen el Himno Cívico de Huamachuco 442099

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS

Ordenanza N° 189-MDCH.- Reglamentan la participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación del

Presupuesto Participativo 2012 442093

MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA

Ordenanza N° 359-MDJM.- Aprueban Reglamento para el Proceso de Presupuesto Participativo por Resultados

del Año Fiscal 2012 442095

CONVENIOS INTERNACIONALES

Entrada en vigencia del Acuerdo suscrito con la

Confederación Suiza relativo al Proyecto “Fortalecimiento y Promoción de Productos y Servicios de la Biodiversidad en el marco del Programa Nacional de Promoción del

Biocomercio (PerúBiodiverso) Fase N° 2 442101

Entrada en vigencia del Acuerdo suscrito con la

Confederación Suiza relativo al Proyecto “Manejo Sostenible de Suelos y Agua en Laderas - Masa!"

referencia de COSUDE: 7F - 02654.04 Fase 4 442101

PROYECTO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

Acuerdo N° 029-2011/MM.- Modifican Acuerdo N° 01-2011/MM y aprueban Primera Etapa - Área 03 del “Plan Integral de Ordenamiento Vial del Distrito de Miraflores”

442096

MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS

D.A. N° 004-2011/MDSL.- Modifican TUPA de la Municipalidad Distrital de San Luis 442097

Res. N° 05-2011-GS/OSITRAN.- Proyecto de Reglamento de Acceso de la empresa concesionaria Aeropuertos

Andinos del Perú S.A. 442101

J

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY N° 29680

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS Y NECESIDAD PÚBLICA LA EJECUCIÓN Y CONCLUSIÓN DE DIVERSAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA EN COORDINACIÓN CON LOS GOBIERNOS REGIONALES

Artículo 1. Objeto de la Ley

La presente Ley tiene el objeto de declarar de necesidad y utilidad pública la ejecución, conclusión o concesión de

diversas obras de infraestructura en coordinación con los gobiernos regionales, según corresponda.

En consecuencia, declárase de interés y necesidad pública las siguientes obras de infraestructura:

1. Construcción de la carretera Bellavista-Mazán-Salvador-EI Estrecho, departamento de Loreto.

2. Construcción de la carretera del Kilómetro 86-Puerto Sungaro-Puerto Inca, provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco.

3. Asfaltado de la carretera Izcuchaca-Cruz Pata, departamento de Cusco.

4. Construcción de la carretera Huaura-Sayán-Churín-Oyón-Yanahuanca-Ambo, departamentos de Lima, Pasco y Huánuco.

5. Construcción de la carretera Rio Seco-Sayán, departamento de Lima.

6. Construcción de la carretera Phara-Capac Orco-Río Inambari, ubicada en la provincia de Sandia, departamento de Puno.

Articulo 2. Normas complementarias

Autorízase al Poder Ejecutivo para que, en coordinación con los respectivos gobiernos regionales, dicte las normas complementarias y presupuéstales —en este último caso, en el ámbito de competencia de dicho poder del Estado y con sujeción a las leyes presupuéstales vigentes— con la finalidad de ejecutar las obras señaladas en el artículo 1.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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