Tipo de Norma: Ley
Número: 29680
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29680El Peruano
Lima, viernes 6 de mayo de 2011
¥ NORMAS LEGALES
442055
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 4889-2011.- Autorizan al Banco de Crédito del Perú S.A. la apertura de oficina especial temporal para el evento “Casashow”, a realizarse en el distrito de Santiago
de Surco, provincia de Lima 442092
Res. N° 4890-2011.- Autorizan al Banco de Crédito del Perú S.A. el cierre temporal de agencias ubicadas en los
departamentos de Lima y Junín 442092
Res. N° 4896-2011.- Autorizan a la Financiera Efectiva S.A. la apertura de la Oficina Especial Huaycán, ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima
442093
GOBIERNOS LOCALESPROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Acuerdo N° 030-2011-CDB.- Autorizan viaje de regidor para asistir a seminario sobre policía y comunidad que se
llevará a cabo en Israel 442098
Acuerdo N° 033-2011-CDB.- Autorizan viaje de regidores para asistir y representar a la corporación edil en misión técnica de capacitación que se realizará en Brasil
442098
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SANCHEZ CARRION
Ordenanza N° 173-MPSC.- Reconocen el Himno Cívico de Huamachuco 442099
MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Ordenanza N° 189-MDCH.- Reglamentan la participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación del
Presupuesto Participativo 2012 442093
MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA
Ordenanza N° 359-MDJM.- Aprueban Reglamento para el Proceso de Presupuesto Participativo por Resultados
del Año Fiscal 2012 442095
CONVENIOS INTERNACIONALESEntrada en vigencia del Acuerdo suscrito con la
Confederación Suiza relativo al Proyecto “Fortalecimiento y Promoción de Productos y Servicios de la Biodiversidad en el marco del Programa Nacional de Promoción del
Biocomercio (PerúBiodiverso) Fase N° 2 442101
Entrada en vigencia del Acuerdo suscrito con la
Confederación Suiza relativo al Proyecto “Manejo Sostenible de Suelos y Agua en Laderas - Masa!"
referencia de COSUDE: 7F - 02654.04 Fase 4 442101
PROYECTO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Acuerdo N° 029-2011/MM.- Modifican Acuerdo N° 01-2011/MM y aprueban Primera Etapa - Área 03 del “Plan Integral de Ordenamiento Vial del Distrito de Miraflores”
442096
MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
D.A. N° 004-2011/MDSL.- Modifican TUPA de la Municipalidad Distrital de San Luis 442097
Res. N° 05-2011-GS/OSITRAN.- Proyecto de Reglamento de Acceso de la empresa concesionaria Aeropuertos
Andinos del Perú S.A. 442101
J
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY N° 29680
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS Y NECESIDAD PÚBLICA LA EJECUCIÓN Y CONCLUSIÓN DE DIVERSAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA EN COORDINACIÓN CON LOS GOBIERNOS REGIONALES
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente Ley tiene el objeto de declarar de necesidad y utilidad pública la ejecución, conclusión o concesión de
diversas obras de infraestructura en coordinación con los gobiernos regionales, según corresponda.
En consecuencia, declárase de interés y necesidad pública las siguientes obras de infraestructura:
1. Construcción de la carretera Bellavista-Mazán-Salvador-EI Estrecho, departamento de Loreto.
2. Construcción de la carretera del Kilómetro 86-Puerto Sungaro-Puerto Inca, provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco.
3. Asfaltado de la carretera Izcuchaca-Cruz Pata, departamento de Cusco.
4. Construcción de la carretera Huaura-Sayán-Churín-Oyón-Yanahuanca-Ambo, departamentos de Lima, Pasco y Huánuco.
5. Construcción de la carretera Rio Seco-Sayán, departamento de Lima.
6. Construcción de la carretera Phara-Capac Orco-Río Inambari, ubicada en la provincia de Sandia, departamento de Puno.
Articulo 2. Normas complementarias
Autorízase al Poder Ejecutivo para que, en coordinación con los respectivos gobiernos regionales, dicte las normas complementarias y presupuéstales —en este último caso, en el ámbito de competencia de dicho poder del Estado y con sujeción a las leyes presupuéstales vigentes— con la finalidad de ejecutar las obras señaladas en el artículo 1.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.