Ley Nº 29673

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 29673

440248

W NORMAS LEGALES

El Peruano Lima, sábado 2 de abril de 2011

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

Res. N° 000201.- Modifican la Resolución Ejecutiva Regional N° 000173 440323

Ordenanza N° 240.- Aprueban Política Ambiental Local del distrito del Rímac 440329

D.A. N° 003-2011-MDR.- Aprueban reglamento para la aplicación de medidas complementarias de ejecución anticipada y ejecución posterior de la Municipalidad

440329

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES MUNICIPALIDAD DE BREÑA

Acuerdo N° 042-2011/MDB.- Aprueban desagravio institucional a ex funcionario municipal 440324

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA

D.A. N° 002-2011-A-MDC.- Prorrogan plazo de vencimiento de primera cuota del Impuesto Predial y de

Arbitrios Municipales de 2011 440325

Ordenanza N° 190-2011-MDSJM.- Disponen la

realización de matrimonio civil comunitario 440330

Acuerdo N° 20-2011/MDSJM.- Aprueban monto de remuneración del Alcalde y dieta de Regidores

440330

D.A. N° 002-2011-MDSJM.- Prorrogan fecha de vencimiento de Beneficios Tributarios y No Tributarios 2011 “Ponte al Día y Cumple con San Juan de Miraflores”

440331

D.A. N° 003-2011-MDSJM.- Prorrogan plazo para el pago de cuotas del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales del período 2011 440332

MUNICIPALIDAD DEL RIMAC

Ordenanza N° 238.- Aprueban Política de Uso Racional del Agua en el distrito del Rimac 440325

Ordenanza N° 239.- Crean el Sistema Local de Gestión Ambiental del distrito 440326

CONVENIOSINTERNACIONALES

Entrada en vigencia de la Enmienda al Acuerdo entre Suiza y Perú relativo al Programa ‘Apoyo a la Micro y

Pequeña Empresa (APOMIPE)” 440332

____J

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY N° 29673

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República

Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS ESTABLECIDOS POR LA LEY 28253, LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA LA CONTINUACIÓN DE LA EJECUCIÓN

DEL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE

MASIVO DE LIMA Y CALLAO, PRORROGADOS MEDIANTE EL DECRETO LEGISLATIVO 974 Y LA LEY 29190; Y PRORROGA DISPOSICIONES DE LA

LEY 29465

Artículo único. Prórroga de beneficios tributarios

Prorróganse hasta el 31 de diciembre de 2014 los beneficios tributarios establecidos por el artículo 2 de la Ley 28253, Ley que declara de Necesidad Pública la Continuación de la Ejecución del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, los mismos que fueron prorrogados mediante el Decreto Legislativo 974 y la Ley 29190, a fin de aplicar dichos beneficios a la ejecución de las obras civiles y electromecánicas del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1, tramo 2, Avenida Grau-San Juan de Lurigancho.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Prórroga de plazo

Prorróganse hasta el 31 de mayo de 2011 las disposiciones contenidas en la cuadragésima octava disposición final de la Ley 29465.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, al uno del mes de abril de dos mil once.

CÉSAR ZUMAETA FLORES Presidente del Congreso de la República

ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNG Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de abril del año dos mil once.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

623300-1



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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