Ley Nº 29656

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 29656

434882

£ NORMAS LEGALES

Él Peruano

Lima, martes 25 de enero de 2011

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO UBRE

Res. Adm. N° 114-2011-P-CSJLI/PJ.- Establecen conformación de la Tercera Sala Penal con Reos en Cárcel de Lima y designan Jueces Provisional y Supernumeraria

434896

ORGANOS AUTONOMOS

Res. N° 022-2011-JNE.- Declaran la conformación de Jurados Electorales Especiales para el proceso de

Elecciones Generales del año 2011 434896

Res. N° 00001-2011-JEELC.- Admiten y publican fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada por la Alianza Electoral “Alianza Solidaridad Nacional* para participar en las Elecciones

Generales del año 2011 434897

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

R.J. N° 027-2011/JNAC/RENIEC.- Autorizan la apertura de la Oficina Registral Auxiliar en el Hospital de apoyo de

Huanta, departamento de Ayacucho 434898

RR. N°s. 080 y 081-2011-MP-FN.- Aceptan renuncias de fiscales de los Distritos Judiciales de Cusco y Lambayeque

434898

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

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DE FONDOS DE PENSIONES

Res. N°923-2011.- IncorporanArtículo6-A° al Reglamento para la Administración del Riesgo Cambiario, aprobado

por Res. SBS N° 1455-2003 434899

GOBIERNOS LOCALES

Ordenanza N° 355-MPL.- Establecen beneficios por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales

correspondientes al ejercicio 2011 434900

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

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LEY N° 29656

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro dias del mes de enero del año dos mil once.

ALAN GARCIA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

. Ha dado la Ley siguiente: j

LEY QUE DECLARA AL INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL, EX MATERNIDAD DE LIMA,COMO ALMA MÁTER DE LAS OBSTETRICES YOBSTETRAS DEL PERÚ

Artículo único.- Declaración del Instituto Nacional Materno Perinatal, ex Maternidad de Lima, como Alma Máter de las Obstétricos y Obstetras del Perú

Declárase al Instituto Nacional Materno Perinatal, ex Maternidad de Lima, creado el 10 de octubre de 1826, como Alma Máter de las Obstetrices y Obstetras del Perú.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

594414-1

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL

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CONSEJO DE MINISTROS

Resolución Ministerial que aprueba la realización del Simulacro Nocturno por Sismo y Tsunami a Nivel Nacional, fija fecha para su realización y constituye Grupo de Trabajo Multisectorial

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 34-2011-PCM

Lima, 24 de enero de 2011

En Lima, a los veintiún días del mes de enero de dos mil once.

CÉSAR ZUMAETA FLORES Presidente del Congreso de la República

ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

CONSIDERANDO

Que. el articulo Io de la Constitución Política del Perú, reconoce como fin supremo de la sociedad y del Estado, la defensa de la persona humana, lo que implica e involucra la defensa de su dignidad e integridad física;



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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