Ley Nº 29614

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 29614

429292 ^ NORMAS

PODER LEGISLATIVO

LEY N2 29614

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República

Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE CREA LA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL “FABIOLA SALAZAR LEGUÍA” DE BAGUAArticulo 1°.- Objeto de la Ley

Créase la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, como persona jurídica de derecho público interno, con sede en el Distrito de Bagua, Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas.

Articulo 2°.- Fines de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía”

Son fines de la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola Salazar Leguía”, además de los establecidos en la Ley núm. 23733, Ley Úniversitaria, los siguientes:

a) Atender la formación profesional integral, la investigación científica y las actividades de extensión cultural propias de la zona.

b) Fomentar e intensificar el desarrollo sostenible de la región nororiental fronteriza de la amazonia peruana preservando el medio ambiente.

c) Contribuir al crecimiento y desarrollo estratégico del departamento de Amazonas.

Artículo 3°.- Carreras Profesionales

Las carreras profesionales que ofrecerá inicialmente la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, son las siguientes:

3.1 Ingeniería Agrícola;

3.2 Ingeniería Civil;

3.3 Zootecnia;

3.4 Biotecnología; y,

3.5 Negocios Globales

Artículo 4°.- Vigencia

La presente Ley entra en vigencia el día siguiente de su publicación.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALESPRIMERA.- Financiamiento

El financiamiento para el funcionamiento e implementación inicial de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, se hará con cargo al presupuesto del Gobierno Regional de Amazonas por un monto de Tres Millones y 00/100 Nuevos Soles (SI. 3 000 000,00) y de la Municipalidad Provincial de Bagua por un monto de Un Millón y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 000 000,00), sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

El Ministerio de Economía y Finanzas dispondrá la formulación del pliego correspondiente para fines preparativos en el Presupuesto General de la República para el año 2011 en coordinación con el Ministerio de Educación destinando los recursos para el funcionamiento de la Universidad.

SEGUNDA.- Proyecto de Desarrollo Institucional

Dentro del plazo de quince (15) días contados a partir de la vigencia de la presente Ley, el Poder Ejecutivo a

_ _ AICO ^ Peruano

bUnLEv Lima, jueves 18 de noviembre de 2010

través del Ministerio de Educación, designa la Comisión encargada de elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua.

TERCERA.-Comisión Organizadora

El Ministerio de Educación designa y nombra a los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad creada, de acuerdo a los requisitos legales vigentes.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los doce dias del mes de noviembre de dos mil diez.

CÉSAR ZUMAETA FLORES Presidente del Congreso de la República

ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNG Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil diez.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación

568382-1

PODER EJECUTIVO

Autorizan viaje del Ministro de Defensa a Bolivia y encargan su Despacho al Ministro de Relaciones ExterioresRESOLUCION SUPREMA N° 309-2010-PCM

Lima, 17 de noviembre de 2010

CONSIDERANDO:

Que, el Estado Plurinacional de Bolivia es sede de la “IX Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas-CMDA”, que tendrá lugar en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, del 22 al 25 de noviembre de 2010;

Que, la Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas - CMDA, creada en el año 1995, es la principal instancia de reunión del sector Defensa en el continente americano y tiene como objetivo central el debate, análisis e intercambio de experiencias, así como fomentar el fortalecimiento de la confianza mutua, promover diálogos transparentes, y cooperar en la defensa y la seguridad de los países miembros;

Que, los Ministros de treinta y cuatro países se reunirán luego de dos años en la “IX Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas - CMDA", que espera como resultado incrementar la colaboración e integración, y contribuir al desarrollo de los países miembros en la Defensa y Seguridad;



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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