Ley Nº 29603

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 29603

Tipo de Norma: Ley

Número: 29603


Visualización de la norma: Ley 29603



Descargar Ley 29603 en PDF -

documento PDF

 29603

El Peruano

Urna, jueves 21 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

427881

Autorizan participación de

representantes de PROMPERÚ en el

PODER LEGISLATIVO

LEY N2 29603

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE AUTORIZA A LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES (ONPE) A EMITIR LAS NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN GRADUAL Y PROGRESIVA DEL

VOTO ELECTRÓNICO

Artículo único.- Autorización a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para reglamentar el voto electrónico

Autorízase a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para que, de manera autónoma, establezca los procedimientos necesarios para la -aplicación del voto electrónico presencial y no presencial, dentro del marco de lo dispuesto e" la Ley núm. 28581, Ley que Establece Normas que Reg. i para las Elecciones Generales del Año 2006. Para tal efecto, emite el reglamento para su implementación gradual y progresiva.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

ÚNICA.- La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), de manera autónoma, dicta las normas reglamentarias a que hace referencia la presente Ley, en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario, contado a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley.

POR TANTO:

Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión de la Comisión Permanente realizada el día dieciséis de julio de dos mil nueve, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108° de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los veinte días del mes de octubre de dos mil diez.

CÉSAR ZUMAETA FLORES

Presidente del Congreso de la República

ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNG

Segunda Vicepresidenta del

Congreso de la República

S58370-1

PODER EJECUTIVO

Designan Jefe de la Oficina de Prensa e Imagen Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 334-2010-PCM

Lima, 20 de octubre de 2010

CONSIDERANDO

Que, mediante Resolución Ministerial N°319-2009-PCM se designó al señor Carlos Eduardo Aponte Maza como Jefe suplente de la Oficina de Prensa e Imagen Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, el señor Carlos Eduardo Aponte Maza ha formulado renuncia al cargo señalado, la cual es pertinente aceptar;

Que, asimismo resulta necesario designar a la persona que desempeñará las funciones de Jefe de la Oficina de Prensa e Imagen Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Io.- Aceptar la renuncia, a partir de la fecha, del señor Carlos Eduardo Aponte Maza al cargo de Jefe suplente de la Oficina de Prensa e Imagen Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2°.- Designar, a partir de la fecha, al señor Luis Manuel Urmeneta Delgado en el cargo de Jefe de la Oficina de Prensa e Imagen Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO

Presidente del Consejo de Ministros

y Ministro de Educación

557880-1

evento EXPOPERU CHILE 2010 para fines de promoción en materia de turismo y comercio exterior

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 142-2010-MINCETUR

Lima, 20 de octubre de 2010

Visto el Oficio N° 384-2010-PROMPERU/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;

Que, el MINCETUR y PROMPERÚ vienen desarrollando diversas actividades de promoción a través del evento EXPOPERÚ, con el objetivo de dar a conocer en el exterior las fortalezas del país en los ámbitos comercial y turístico, fomentar las relaciones comerciales y de inversión, así como consolidar nuestra presencia en los principales mercados internacionales;

Que, con tal objetivo se ha programado el evento “EXPOPERÚ CHILE 2010” a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, los días 26 y 27 de octubre de 2010, en cuyo marco se llevarán a cabo un Foro Empresarial con la participación de autoridades chilenas y peruanas, importadores e inversionistas, Ruedas de Negocios, con el fin de concretar negocios y generar exportaciones; y



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos