Ley Nº 29548

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 29548

B Peruano

Lima, sábado 3 de julio de 2010

# NORMAS LEGALES

421601

r ^

RR. N°s. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de funcionarios de la SBS para participar en eventos preparados con motivo de Sesión de la Junta Directiva de la ASBA, así como en reuniones técnicas con

instituciones bancadas en España 421645

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Ordenanza N° 1399.- Modifican la Ordenanza N° 393-MML

421647

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA

D.A. N° 005-2010-A-MDC.- Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 118-2010-MDC, sobre amnistía tnbutaria para

contribuyentes del distnto 421647

MUNICIPALIDAD

DELRIMAC

Ordenanza N° 220-2010-MDR.- Establecen tasa de interés moratorio aplicable a las obligaciones tributarías 421648

Ordenanza N° 221-2010-MDR.- Establecen la aplicación de beneficios tributarios y no tribútanos en el distrito 421649

V _

PODER LEGISLATIVOCONGRESO DE LA REPUBLICALEY N° 29548

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República

Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE OTORGA FACULTADES AL PODER EJECUTIVO PARA LEGISLAR EN MATERIAMILITAR-POLICIAL, EL USO DE LA FUERZA YNORMAS PROCESALES Y PENITENCIARIAS RELACIONADAS A MILITARES Y POLICIAS PROCESADOS O CONDENADOS

Articulo Único.- Disposición autoritativa

Delégase en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre las materias siguientes:

a) La dación de un nuevo Código de Justicia Militar Policial y la optimización de la Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, dentro de los parámetros constitucionales vigentes.

b) La dadón de legislación sobre el empleo y uso de la fuerza por parte del personal de las Fuerzas Armadas, dentro de los parámetros constitucionales vigentes.

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES

Acuerdo N° 033-2010-MDSMP.- Aceptan donación destinada al cofinandamiento de proyectos de inversión 421650

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL

D.A. N° 012-2010/MDSM.- Prorrogan beneficio de regulanzación tributaria y no tnbutaria aprobado por Ordenanza N° 197-MDSM

421650

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

Ordenanza N° 000034.- Aprueban condonación de arbitrios municipales para vecinos de la Unidad Vecinal Santa Marina (Norte,

Sur, Supe y Centenario) 421651

Ordenanza N° 000035.- Aprueban actualización de zonificación de área ubicada en el distrito de Bellavista, de residencial de densidad

media a comercio distrital 421652

Ordenanza N° 009-2010-CDB.- Aprueban campaña de rectificación administrativa de partidas de Registro Civil 421653

__)

c) La dación de normas procesales y penitenciarias relacionadas exclusivamente al personal militar y policial que ha sido procesado o condenado por delitos que implican violación de derechos humanos.

La delegación a que se refiere el presente artículo es por sesenta (60) dias contados a partir de la vigencia de la presente Ley.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, al uno de julio de dos mil diez.

LUIS ALVA CASTRO

Presidente del Congreso de la República

MICHAEL URTECHO MEDINA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de julio del año dos mil diez.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros

514630-1

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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