Ley Nº 29418

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 29418

403806

* NORMAS LEGALES

El Peruano

Lima, domir>go 4 de octubre de 2009

LEY N° 29418

EGRESOS:

En Nuevos Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

PLIEGO

UNIDAD EJECUTORA FUNCIÓN

PROGRAMA FUNCIONAL

SUBPROGRAMA

FUNCIONAL

ACTIVIDAD

POR CUANTO:

El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE AUTORIZA CRÉDITO SUPLEMENTARIO PARA EL FINANCIAMIENTO DE LAS ACCIONES A CARGO DE ESSALUD, EL OTORGAMIENTO DEL BONO FAMILIAR HABITACIONAL

Y OTROS FINES

012 Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 001 Ministerio de Trabajo - Oficina General de Administración 07 Trabajo

011 Transferencias e Intermediación Financiera

0019 Transferencias de carácter general 018381 Transferencias a otros organismos públicos

FUENTE DE

FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTOS CORRIENTES

Artículo 1°.- Objeto de la Ley

La presente Ley tiene el objeto de autorizar un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, aprobado por la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, a favor de las entidades, fines y montos que a continuación se detallan:

a) DOSCIENTOS TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (SI. 230 000 000,00) a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a fin de que este transfiera, a su vez, los citados recursos, vía transferencia financiera aprobada por resolución ministerial, al Seguro Social de Salud (EsSalud) para que continúe brindando las prestaciones de salud a su cargo y la ejecución de sus proyectos de inversión pública. Para tal fin, dicha transferencia queda exceptuada de lo dispuesto en el artículo 73° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

b) SETENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (SI. 70 000 000,00) a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el financiamiento del otorgamiento del Bono Familiar Habitacional en el marco de la Ley N° 27829, Ley que Crea el Bono Familiar Habitacional (BFH), y sus modificatorias.

c) CIENTO CUATRO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 104 000 000,00) a favor de los gobiernos regionales con el objeto de que los destinen a la elaboración y culminación de los expedientes técnicos de sus proyectos de inversión pública, prioritariamente de aquellos que se ejecuten durante el Año Fiscal 2010.

d) OCHO MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (SI. 8 700 000,00) a favor de la Contraloría General de la República para fortalecer las acciones de control en las entidades públicas.

2.4 Donaciones y Transferencias

230 000 000,00

TOTAL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

PLIEGO

UNIDAD EJECUTORA

FUNCION

PROGRAMA FUNCIONAL :

SUBPROGRAMA

FUNCIONAL

ACTIVIDAD :

037 Ministerio de Vivienda,

Construcción y Saneamiento 001 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General 19 Vivienda y Desarrollo Urbano 042 Vivienda

0091 Vivienda

059766 Gestión del Bono Familiar Habitacional

FUENTE DE

FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTOS DE CAPITAL

2.4 Donaciones y Transferencias

TOTAL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

PLIEGO

UNIDAD EJECUTORA FUNCIÓN

PROGRAMA FUNCIONAL SUBPROGRAMA FUNCIONAL ACTIVIDAD

S/. 230 000

70 000 000,00

SI. 70

r00

019 Contraloría General 001 Contraloría General

03 Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia

004 Planeamiento Gubernamental

0004 Rectoría de Sistemas Administrativos 000252 Fiscalización y Control de la Gestión Pública

Artículo 2°.- Aprobación de crédito suplementario

Autorízase la incorporación de recursos, vía crédito suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 hasta por la suma de CUATROCIENTOS DOCE MILLONES SETECIENTOS MILY00/100 NUEVOS SOLES (SI. 412 700 000,00), con cargo a los recursos a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo Io del Decreto de Urgencia N° 016-2009, para los fines establecidos en el artículo Io y de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS: En Nuevos Soles

FUENTE DE

FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinanos

GASTOS CORRIENTES

23 Bienes y Servicios 8 700 000,00

TOTAL CONTRALORIA GENERAL

TOTAL SECCION PRIMERA

SI. 8 700i

III

1,00

Ir00

S/. 308 7001

II «

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas

FUENTE DE

FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Odinanos

GASTOS DE CAPITAL

26 Adquisición de Activos no Financieros

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

(Rearsos provenientes del nimeral 1.1 del artículo Io del Decreto de Urgencia

N° 016-2009) 412 700 000,00

TOTAL INGRESOS SI. 412 700 000,00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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