Ley Nº 294

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Tipo de Norma: Ley

Número: 294


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 00294

LEY N.° 294

Juzgado de 1.a Instancia

en Tama

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República reruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único. Créase en la provincia de Ta-ma, del departamento de junín, un nuevo Juzgado de l!l instancia, con la misma renta asignada al actual.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los 25 días del mes de octubre de 1906.—M. C. Barrios, Presidente del Senado.—Juan Pardo,Primer Vice-presidente de la H. Cámara de Diputados.— José Manuel García, Senador Secretario.—A. F. León, Dipútetelo Secretario.

AlExcmo. Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.—Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los 3 días del mes de noviembre de 1906.—José Pardo.—Jorge Polar.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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