Ley Nº 29363

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 29363

B Peruano

Lima, viernes 22 de mayo de 2009

$ NORMAS LEGALES

396277

Res. N° 673-2009-MP-FN.- Designan Fiscal Adjunta Suprema Titular de la Segunda Fiscalía Suprema Penal para que conozca todos los demás procesos que no están considerados en la Res. N° 038-2009-MP-FN-JFS 396316

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

Res. N° 3624-2009.- Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tmjillo S A el traslado de oficina especial ubicada en Casma, departamento de Ancash, y su conversión en agencia 396317

GOBIERNOS REGIONALES

D.A. N° 006-2009-ALC-MDL.- Prohíben la venta de bebidas alcohólicas el día 22 de mayo de 2009 396325

MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC

R.A. N° 219-2009-MDP/A.- Declaran infundados recursos de reconsideración y confirman sanciones impuestas mediante RA. N°

009-2009-MDP/A 396326

MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA

R.A. N° 349-2009-MDPH.- Designan Auxiliar Coactivo de la Municipalidad 396327

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA

GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO

Ordenanza Nú 050-2009-CR/GRC.CUSCO.- Declaran de interés público la protección y conservación ambiental de áreas

priorizadas para la conservación regional 396317

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

Ordenanza N° 001-09-CR-RL.- Declaran en situación de emergencia durante el año 2009 al Sector Educación del Gobierno

Regional de Lima 396319

Acuerdo N° 004-013/2009.- Autorizan viaje de Regidores para asistir a conferencia sobre liderazgo y relaciones intergubernamentales

que se realizará en los EE UU. 396328

R.A. N° 092-2009-MDLP/ALC.- Determinan monto de egreso destinado a cubrir los costos de viaje de regidora para asistir a

conferencia que se realizará en los EE UU. 396328

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Res. N° 171-2009-MML/GTU.- Disponen la publicación de actos administrativos emitidos por la Gerencia de Transporte Urbano

396322

Res. N° 210-2009-MML/GTU.- Actualizan el Anexo 01 del DA N° 017 396322

Acuerdo N° 064-2009-MDV-CDV.- Declaran la vacancia de Regidor Distrital 396329

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

Acuerdo N° 038-2009-MPC.- Autorizan viaje del Alcalde Provincial a fin de asistir a curso sobre proyectos municipales para la

seguridad ciudadana que se llevará a cabo en Israel 396330

MUNICIPALIDAD DE LINCE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAYMA

Ordenanza N° 238-MDL.- Disponen la suspensión temporal de la tramitación de Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios en sector del distrito de Lince 396325

V

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY N° 29363

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE CLUBES DEPARTAMENTALES, PROVINCIALES Y DISTRITALES

Capítulo I

Disposiciones generales Artículo 1°.- Objeto de la Ley

La presente Ley tiene el objeto de regular el funcionamiento y otorgar normas promocionales a los

Acuerdo N° 027-2009-MDC.- Autorizan viaje de Regidor a Uruguay para asistir al IX Congreso Iberoamericano de Municipalistas

396330

J clubes departamentales, provinciales y distritales, así como a las asociaciones que los representen.

Artículo 2°-- Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación de la presente Ley comprende a los clubes departamentales, provinciales, distritales y a las asociaciones que los representen, constituidos conforme a lo establecido por el Código Civil, las demás normas sobre asociaciones civiles y la presente Ley.

Los clubes departamentales, provinciales y distritales son asociaciones integradas por ciudadanos nacidos en una misma circunscripción y por sus descendientes, con sede en localidad distinta a la circunscripción de procedencia, que, reconociendo un origen común, comparten una identidad, buscan preservar y difundir las expresiones culturales propias y contribuir al desarrollo de sus pueblos de origen.

Artículo 3°.- Fines y objetivos de los clubes

Además de lo que libremente establezcan sus estatutos, son fines y objetivos de los clubes departamentales, provinciales, distritales y de las asociaciones que los representen los siguientes:

a) Rescatar, preservar y difundir los valores de la peruanidad para contribuir a la consolidación de la identidad nacional mediante la difusión del acervo cultural, histórico, folclórico, económico,



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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