Tipo de Norma: Ley
Número: 29256
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29256378706
* NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, miércoles 27 de agosto de 2008
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En Lima, a los veintiséis días del mes de agosto de dos mil ocho.
JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉN Presidente del Congreso de la República
ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil ocho.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros
243936-1
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil ocho.
ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 243936-2
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
LEY N° 29256
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
Dejan sin efecto la R.S. N° 176-2008-PCM que autorizó viaje del Ministro de Salud a EE.UU.
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 184-2008-PCM
Lima, 26 de agosto de 2008
Visto, el Oficio Num. 2185-2008-SG/MINSA de la Secretaría General del Ministerio de Salud;
LEY QUE FACULTA AL HOSPITAL ESPINAR DEL CUSCO A CUBRIR LOS CARGOS PREVISTOS EN SU CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL
Artículo 1°.- Exceptuación al Gobierno Regional del departamento de Cusco de los artículos 7° y 9° de la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, y del artículo 41° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
Exceptúase al Pliego: 446 Gobierno Regional del Departamento de Cusco de lo dispuesto en el artículo 7o y el numeral 9.1 del artículo 9o de la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, así como de lo dispuesto en el numeral 41.1 del artículo 41° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, a fin de implementar el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Unidad Ejecutora 401: Salud Canas Canchis Éspinar- Hospital Espinar del Cusco.
El financiamiento de lo dispuesto en el presente artículo es con cargo a su respectivo presupuesto institucional aprobado para el Año Fiscal 2008, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 2°.- Vigencia de la norma
La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintiséis días del mes de agosto de dos mil ocho.
JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Congreso de la República
ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO
Primer Vicepresidente del
Congreso de la República
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Suprema Num. 176-2008-PCM se autorizó el viaje del señor Hernán Garrido-Lecca Montañez, Ministro de Salud, a la ciudad de New Haven, Estado de Connecticut, Estados Unidos de América, del 25 al 26 de agosto de 2008, con la finalidad que lleve a cabo acciones vinculadas a continuar con el proceso de negociaciones que permita el retomo al Perú de los objetos arqueológicos de Machu Picchu que se encuentran en el Peabody Museum;
Que debido a las recargadas labores del Ministro de Salud se ha considerado conveniente dejar sin efecto la autorización antes señalada;
De conformidad con la Ley Num. 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
SE RESUELVE:
Artículo Io.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Num. 176-2008-PCM.
Artículo 2o.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuniqúese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
243935-1
Aprueban Adenda al Convenio de Administración de Recursos celebrado entre el INEI y el Fondo de Población de las Naciones Unidas aprobado mediante R.S. N° 254-2004-PCM
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 185-2008-PCM
Lima, 26 de agosto de 2008
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.