Tipo de Norma: Ley
Número: 29235
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29235372872
9 NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 27 de mayo de 2008
PODER JUDICIALFe de Erratas Res. Adm N° 164-2008-P-CSJLI-PJ 372914
col
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UNIVERSIDADES
ORGANISMOS AUTONOMOSRes. N° 692.- Designan Director General de Administración de la Universidad Nacional de Ingeniería 372919
Res. N° 715.- Autorizan viaje del Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería a Rumania, en misión oficial 372920
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§1
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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOSu
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Res. N° 206-2008-CG.- Encargan funciones de Jefe del Órgano de Control Institucional del Banco de Materiales - BANMAT 372914
MINISTERIO PUBLICO
RR. N°s. 654, 655, 656, 657, 658 y 659-2008-MP-FN.-
Nombran, destacan y designan fiscales en Despachos de los Distritos
Judiciales de Lima y Ancash 372915
RR. N°s. 660, 661,663, 664 y 665-2008-MP-FN.- Nombran y designan fiscales en Despachos de los Distritos Judiciales de
Arequipa, Callao y La Libertad 372917
RR N°s. 666, 667, 668, 669 y 670-2008-MP-FN.- Nombran
fiscales en Despachos de los Distritos Judiciales de Arequipa, Huánuco,
Apurímac, Cusco y Moquegua 372918
CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE
Decreto N° 001-2008-CONAM /CD.- Crean el Grupo Técnico Nacional de Ciudadanía Ambiental 372920
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Res. N° 078-2008/SU NAT.- Encarga fundones del cargo de Intendente de Rzcalizadón y Gestión de Recaudación Aduanera de la
SUNAT 372921
Res. N° 079-2008/SU NAT.- Prorrogan cronograma de vendmientos para la presentadón de la Dedaradón de Predios
correspondiente al año 2007 372922
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICALEY N° 29235
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE EXCEPTÚA DE PUBLICACIÓN LAS AUTORIZACIONES DE VIAJE AL EXTERIOR DEL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y DE LOS FUNCIONARIOS DESIGNADOS POR SU DESPACHO EN RELACIÓN CON LA DEMANDA ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA
Artículo 1°.- Objeto de la Ley
Exceptúase la publicación de las resoluciones que autoricen el viaje al exterior del Ministro de Relaciones Exteriores y de los funcionarios designados por su despacho para el cumplimiento de las acciones relacionadas con la demanda que sigue el Perú ante la Corte Internacional de Justicia, dispuesta en el artículo 3o de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos. Artículo 2°.- Informe al Congreso de la República El Ministro de Relaciones Exteriores informará a la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República sobre las resoluciones que se emitan al amparo de lo dispuesto en el artículo Io de la presente Ley.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintitrés días del mes de mayo de dos mil ocho.
LUIS GONZALES POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la República
ALDO ESTRADA CHOQUE
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil ocho.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros
204928-1
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURAAprueban la Carta de Entendimiento suscrita entre el MINAG y el IICAr a fin de brindar asesoría técnica en el proceso de liquidación del "Programa de Apoyo para el Aumento de la Producción Alimentaria (2KR)"
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 031 -2008-AG
Lima, 26 de mayo de 2008
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 4 de octubre de 2006 se suscribió ei Acuerdo Marco de Cooperación Técnica entre el Ministerio de Agricultura - MINAG y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA con el objetivo de contribuir, en la forma más eficaz posible, a acelerar ei mejoramiento de la agricultura y el desarrollo rural, fijando las bases y lineamientos a través de los cuales el IICA brindará cooperación técnica al MINAG y sus organismos descentralizados en las Áreas Estratégicas de Política Comercial e Integración, Promoción del Comercio y Competitividad de los Agronegocios, Fortalecimiento de
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.