Tipo de Norma: Ley
Número: 29137
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29137 358380<* NORMAS LEGALES
El Peruano
Umar martes 27 de noviembre de 2007
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R.D. N° 148-2007-DVMPEMPE/CP.- Declaran nulidad de adjudicación de menor cuantía referida a la adquisición de licencia de Software Antivirus NOD32 358395
PODER JUDICIALTRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Res. Adm. N° 093-2007-P/TC.- Autorizan viaje de magistrado para asistirá la VI Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional que se realizará en Colombia
358402
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
UNIVERSIDADES
lnv.N°191-2005-LIMA.- Imponen destitución y suspensión a servidores y a magistrada por sus actuaciones como Jefe de Mesa de Partes de Juzgados Penales para procesos con reos en cárcel, jueza y secretario del 50° Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima 358396
Queja ODICMA N° 104-2006-JUNIN.- Imponen medida de destitución a servidor por su actuación como encargado de Mesa de Partes de la Primera Sala Penal de la Corte
Superior de Justicia de Junín 358398
Res. N° 274-2007-R.- Exoneran de proceso de selección la adquisición de unidad móvil para el servicio de transportes en la Universidad Nacional Daniel Alcides
Camón 358402
Res. N° 06200-R-07.- Ratifican resolución que autoriza viaje del Decano de la Facultad de Ciencias Contables de la UNMSM a la República Dominicana para participar en
evento de la ALAFEC 358403
GOBIERNOS LOCALES
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Res. Adm. N° 264-2007-P-PJ.- Designan vocales y conforman la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema
de Justicia de la República 358399
Res. Adm. N° 265-2007-P-PJ.- Designan integrante y conforman la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte
Suprema de Justicia de la República 358399
MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Res. N° 151 -2007/MDLO/GDU/SGCCHU.- Aprueban regularización de habilitación urbana ejecutada de oficio
de terreno ubicado en el distrito 358404
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Adm. N° 308-2007-P-CSJLI/PJ.- Designan, reasignan y asignan vocales provisionales y jueces suplentes en salas
y juzgados de la Corte Superior de Justicia de Lima 358400
ORGANISMOS AUTONOMOSMUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MI RAELO RES
Ordenanza N° 000049-2007-MDSJM.- Aprueban Ordenanza de canje de licencias de funcionamiento, reducción de costos de licencias de funcionamiento para establecimientos comerciales giro menores y rebaja en el costo de la autorización de anuncios publicitarios 358405
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
R.J. N°918-2007-JNAC/RENIEC.- Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la
comisión de delito de prevaricato 358401
R.J. N° 935-2007-JNAC/RENIEC.- Autorizan delegación de funciones regístrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María La Nueva 358401
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANTA
R.A. N° 00608-2007-ALC/MDSA.- Inician proceso administrativo disciplinario a servidora de la Municipalidad
358407
PROYECTOORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
MINISTERIO PUBLICO
Res. N° 1386-2007-MP-FN.- Nombran fiscales provisionales del Distrito Judicial de La Libertad y los designan en despachos de fiscalías provinciales penales
corporativas de Trujillo 358402
Res. N° 182-2007-PD/OSIPTEL.- Propuesta de tarifas tope para las prestaciones de transmisión de datos mediante circuitos virtuales ATM con acceso ADSL provistas por Telefónica del Perú S.AA. y su Exposición
de Motivos 358407
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY N° 29137EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República; ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE APRUEBA LOS TÉRMINOS DE CONTINUACIÓN DEL PROGRAMA DEHOMOLOGACIÓN DE LOS DOCENTES DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICASArtículo 1°.- Objeto de la Ley
El objeto de la presente Ley es establecer y precisar los términos que determinan la continuación del programa de homologación de las remuneraciones de los docentes de las universidades públicas, correspondiente al año 2007.
Artículo 2°.- Del incremento dispuesto por la Décima Tercera Disposición Final de la Ley N° 29035
2.1 Dispónese que las universidades públicas que no hayan pagado, a la entrada en vigencia de la presente norma, el incremento dispuesto por
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.