Ley Nº 29098

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 29098 355060#NORMAS LEGALES

El Peruano

Lima, domingo 7 de octubre de 2007

GOBIERNOS REGIONALES

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MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI

Acuerdo N° 060-2007-MDR.- Autorizan al Alcalde participar en el Viaje de Trabajo a la Comuna de Roma

- Italia 355083

Ordenanza N° 015-2007-GRU/CR.- Institucionalizan el Día de la “Verdad, Justicia y Reconciliación" el 28 de

agosto en la Región Ucayali 355076

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO

Acuerdo N° 81-2007-ACSS.- Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de telefonía móvil

355084

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Ordenanza N° 1081.- Aprueban reajuste integral de la zonificación de los usos del suelo del distrito de San Juan de Lurigancho que forma parte del Área de Tratamiento

Normativo I de Lima Metropolitana 355077

Fe de Erratas Ordenanza N° 1067-MML 355080

MUNICIPALIDAD DE ANCON

R.A. N° 491 -2007-MDA.- Declaran nulidad de artículo de la R.A. N° 265-2006-A/MDA que declara vigencia de convenio colectivo y en vía de regularización pacto

colectivo 355081

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA

Ordenanza N° 154.- Incorporan artículo a la Ordenanza N° 105 sobre disposición temporal para el otorgamiento de licencias de construcción y funcionamiento en el

distrito 355083

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PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

N°29098

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA EL INGRESO DE UNIDADES NAVALES EXTRANJERAS AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA, DE ACUERDO A LA MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA ANUAL DE ACTIVIDADES OPERACIONALES DEL AÑO 2007 DE LA MARINA DE GUERRA DEL PERÚ

Artículo 1°.- Objeto de la Resolución Legislativa

Autorízase, de conformidad con lo prescrito en el numeral 8) del artículo 102° de la Constitución Política del Perú, el ingreso, al territorio nacional, de Unidades Navales Extranjeras y del Personal Militar correspondiente, señalados en la modificación del Programa Anual de Actividades Operacionales del Año 2007 de la Marina de Guerra del Perú, conforme a las especificaciones que, como Anexo, forman parte integrante de esta Resolución.

Artículo 2°.- Autorización para modificación de plazos

Autorízase al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Defensa y por resolución ministerial, pueda modificar, cuando existan causas imprevistas, los plazos de ejecución de las actividades operacionales programadas en el Programa Anual a que hace referencia

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS

Acuerdo N° 038-2007-MDP.- Exoneran de proceso de selección la ejecución de proyecto de construcción de reservorio para mejorar servicio de agua potable del

distrito de Pampas 355087

Acuerdo N° 039-2007-MDP.- Exoneran de proceso de selección la ejecución de proyecto de construcción de sistema de alcantarillado y conexiones domiciliarias del

Centro Poblado de Mongon 355088

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POMACOCHA

Acuerdo N° 19-2007-MDP/CM.- Exoneran de proceso de selección la adquisición de camión con capacidad de

carga de cinco toneladas métricas 355089

)

el artículo Io. Dicha modificación no excederá el total de dias programados.

Articulo 3°.- Dación de cuenta El Ministro de Defensa dará cuenta de las modificaciones, aludidas en el artículo 2o, a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la República, en un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas de expedida la citada resolución ministerial.

Articulo 4°.- Vigencia

La presente Resolución Legislativa entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y rige hasta el 31 de diciembre de 2007.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los cinco días del mes de octubre de dos mil siete.

LUIS GONZALES POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la República

ALDO ESTRADA CHOQUE

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 5 de octubre de 2007

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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